Encontrar una zona libre para el estacionamiento de vehículos en La Habana es cada vez más difícil, específicamente a partir de la “iniciativa” de parqueadores por cuenta propia y la ocupación de espacios frente a empresas convertidos -por una decisión administrativa- en zonas “oficiales” no contempladas en las demarcaciones jurídicas de la Ley 109.
Recientemente en uno de estos cotos de paso, el conductor de un vehículo estatal fue requerido por el custodio de una Oficina de Atención a la Población, de la Asamblea Nacional del Poder Popu-lar. El chofer observó en derredor y no advirtió la presencia de la señal de prohibición o limitación temporal.
Los posibles espacios más cercanos estaban ocupados, por tanto le obligaban, prácticamente, a buscar un sitio, a varias cuadras con el consiguiente retraso en su gestión como representante de una persona jurídica. Situación que no es exclusiva de este lugar.
Considero que las autoridades correspondientes deben tener en cuenta el problema consecuente de las dificultades para encontrar estacionamiento en los municipios de La Habana Vieja y Centro Habana, específicamente frente a las delimitaciones establecidas por las administraciones de empresas y centros de servicios estatales ubicadas en el laberinto de sus calles.
En la Ley 109 de 2010 y publicada el 17 de septiembre de ese año, en la Gaceta Oficial No. 040 Ordinaria, establecen, en su Capítulo IV, del Estacionamiento, en el Artículo 137, las normas jurídicas aprobadas con este objetivo. De ningún modo la improvisación las medidas aplicadas a conveniencia de personas jurídicas o naturales, pueden convertirse en prohibiciones al margen de la propia ley contemplada en la Constitución.
Raúl cien por ciento de acuerdo con tu comentario.