El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba (Mtss) ratificó, en las últimas horas, los requisitos para tener derecho a la jubilación dispuestos en la Ley 105 de Seguridad Social.
Una nota al respecto en la plataforma X subraya que se mantiene sin cambios la edad de 60 años para las mujeres y de 65 en el caso de los hombres.

Con ello el Mtss esclarece lo estipulado en la referida norma jurídica ante dudas, interpretaciones erróneas o noticias falsas que han circulado en las redes sociales.
Pero los cambios o transformaciones que en el orden económico y social en los últimos años ha tenido el país, aconsejan atemperar al complejo escenario de hoy el Código de Trabajo, el cual entró en vigor en 2014.
En aras de actualizar y perfeccionar los deberes y derechos de los trabajadores, las relaciones jurídicas y laborales que se establecen entre ellos y los empleadores, del 8 de septiembre al 30 de noviembre se desarrollarán en todo el país las reuniones de consultas del anteproyecto de Ley del Código de Trabajo.
A tales encuentros serán convocados todos los trabajadores cubanos, estatales y no estatales, incluidos quienes prestan colaboración y laboran en misiones en el exterior, para que le hagan adiciones o modificaciones al texto, en forma de tabloide.
Entonces, una vez enriquecido con los aportes salidos de los colectivos laborales, será sometido a la aprobación de la Asamblea Nacional del Poder Popular el venidero año, según informaron representantes del Grupo de Trabajo Temporal creado al respecto.
Se trata del proceso político más importante del movimiento obrero en 2025, en el que se reafirma su participación en los destinos de la nación, precisó a medios locales Leobanys Ávila Góngora, miembro de la Comisión Organizadora del XXII Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba.
(Tomado de ACN)
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Soy trabajadora de educación por más de 33 años, ininterrumpidos,vivo sola con mi mamá,ya tengo 58 años ,ahora mi mamá muy enferma y anciana,no tengo quien cuide de ella!! ??? Que hacer??? No hay nada que me ampare!!!!!!!!
Es bueno que se actualice porque hay nuevos actores económicos y nos hace falta.pero si se pudiera considerar la edad de retiro y revisar la escala del salario de jubilación.hay muchos trabajadores que nos retiramos y seguimos trabajando.yo apuesto por la revolución.
Quisiera me aclararen una duda, si hay una resolución que permite a un jubilado a la reincorporación al trabajo, entonces me hago la pregunta, porqué por ejemplo en el Banco Popular de Ahorro del municipio cueto, provincia, Holguín,no quieren recontratar a quien se jubila por edad?, no quieren conocimiento, quieren personas jóvenes, estoy de acuerdo que hay que darle posibilidades a la juventud, o es que lo establecido es que mientras aya un joven que pueda ocupar la plaza, pues el jubilado que se encuentra en estado óptimo para continuar no se puede recontratar. Saludos
Recuerdo q este tema se discutió muchísimo en todos los centros de trabajo con el Sindicato, tb era tema en las calles, las guaguas, las casas. La mayoría expresó no estar de acuerdo con jubilarse a estas edades. Sin embargo se aprobó. Ahora se ratifica y no sé dónde se discutió con el pueblo, con los trabajadores. Seguimos cumpliendo órdenes. Pienso que hay q buscar el método que haga q los jóvenes se vinculen laboralmente y no seguir exprimiendo al q ya cumplió sus años de trabajo.
Buenas tardes. Excelente aclaración. Mi pregunta es: Cuando los trabajadores tendremos acceso al tabloide? No sería justo verlo el día de la reunión, se necesita tiempo para leerlo e interpretarlo. Muchas gracias