El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba (Mtss) ratificó, en las últimas horas, los requisitos para tener derecho a la jubilación dispuestos en la Ley 105 de Seguridad Social.
Una nota al respecto en la plataforma X subraya que se mantiene sin cambios la edad de 60 años para las mujeres y de 65 en el caso de los hombres.

Con ello el Mtss esclarece lo estipulado en la referida norma jurídica ante dudas, interpretaciones erróneas o noticias falsas que han circulado en las redes sociales.
Pero los cambios o transformaciones que en el orden económico y social en los últimos años ha tenido el país, aconsejan atemperar al complejo escenario de hoy el Código de Trabajo, el cual entró en vigor en 2014.
En aras de actualizar y perfeccionar los deberes y derechos de los trabajadores, las relaciones jurídicas y laborales que se establecen entre ellos y los empleadores, del 8 de septiembre al 30 de noviembre se desarrollarán en todo el país las reuniones de consultas del anteproyecto de Ley del Código de Trabajo.
A tales encuentros serán convocados todos los trabajadores cubanos, estatales y no estatales, incluidos quienes prestan colaboración y laboran en misiones en el exterior, para que le hagan adiciones o modificaciones al texto, en forma de tabloide.
Entonces, una vez enriquecido con los aportes salidos de los colectivos laborales, será sometido a la aprobación de la Asamblea Nacional del Poder Popular el venidero año, según informaron representantes del Grupo de Trabajo Temporal creado al respecto.
Se trata del proceso político más importante del movimiento obrero en 2025, en el que se reafirma su participación en los destinos de la nación, precisó a medios locales Leobanys Ávila Góngora, miembro de la Comisión Organizadora del XXII Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba.
(Tomado de ACN)
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Antes que nada saludos Tengo una duda , cuántos años de trabajo debería de tener para poder jubilar me y cuando alcance a tener el tiempo de trabajo yo no tengo la edad de retiro porque tengo que llegar a los 65 años si me he pasado toda mi vida trabajando y a lo mejor ni a los 65 años llegué -Existe el retiro prematuro -Que cantidad de años trabajados debo tener -
A los trabajadores hay que ayudarlos y enseñarles que todos tienen que aportar y no valerse del criterio ajeno, su criterio, cuenta,.
!! MEJOR NO OPINO !!
Los que han dejado de trabajar por motivos personales, pero el tiempo que estuvieron trabajando llega a cumplir los 30 años necesarios y ahora cumple los 60 o 65 años, que derecho tiene para pedir una jubilación?????
Las personas que se jubilen en 2025,se les aplicará el incremento que comienza en septiembre de las pensiones?