El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba (Mtss) ratificó, en las últimas horas, los requisitos para tener derecho a la jubilación dispuestos en la Ley 105 de Seguridad Social.
Una nota al respecto en la plataforma X subraya que se mantiene sin cambios la edad de 60 años para las mujeres y de 65 en el caso de los hombres.

Con ello el Mtss esclarece lo estipulado en la referida norma jurídica ante dudas, interpretaciones erróneas o noticias falsas que han circulado en las redes sociales.
Pero los cambios o transformaciones que en el orden económico y social en los últimos años ha tenido el país, aconsejan atemperar al complejo escenario de hoy el Código de Trabajo, el cual entró en vigor en 2014.
En aras de actualizar y perfeccionar los deberes y derechos de los trabajadores, las relaciones jurídicas y laborales que se establecen entre ellos y los empleadores, del 8 de septiembre al 30 de noviembre se desarrollarán en todo el país las reuniones de consultas del anteproyecto de Ley del Código de Trabajo.
A tales encuentros serán convocados todos los trabajadores cubanos, estatales y no estatales, incluidos quienes prestan colaboración y laboran en misiones en el exterior, para que le hagan adiciones o modificaciones al texto, en forma de tabloide.
Entonces, una vez enriquecido con los aportes salidos de los colectivos laborales, será sometido a la aprobación de la Asamblea Nacional del Poder Popular el venidero año, según informaron representantes del Grupo de Trabajo Temporal creado al respecto.
Se trata del proceso político más importante del movimiento obrero en 2025, en el que se reafirma su participación en los destinos de la nación, precisó a medios locales Leobanys Ávila Góngora, miembro de la Comisión Organizadora del XXII Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba.
(Tomado de ACN)
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Estan muy bien los derechos q se exigen para la jubilación del trabajador, se debe de revisar en el municipio de Morón esa situación pq hay trabadores esperando hasta mas de 6 meses principalmente en el septor de la salud por esa jubilación q le corresponde y aun no se les han otorgado a pesar de habersele presentado ya en sus centros de trabajo, la traba esta mas adelante y no en su centro de trabajo, deberian de revisar eso por favor
Si la contribución por el trabajo tanto del cuenta propia como el estatal va a las arcas del Estado . ¿ Por qué no se tiene en cuenta en igualdad la sumatoria del tiempo de trabajo para la jubilación?. Un trabajador con 40 años de servicio en el sector estatal y 64 años de edad ,si se incorpora al trabajo como cuenta propia al llegar a los 65 años , no se puede jubilar y debe trabajar al menos 5 años más y se retirará con el salario mínimo.
Soy TCP y por falta de información a la hora de jubilarme, me dejaron de contar 10 años de mi vida laboral como TCP. El Ministerio del trabajo de Playa nunca me informó que podía haber pagado retroactivo ese tiempo, que fueron los años anteriores a establecer la SSocial para nosotros. Por mucho que hablé, cuando me enteré, ya era muy tarde. Tremendo esfuerzo monetario tuve que hacer después para en un termino de un año poder subir un poco en la escala que escogí para no ser entonces ayudado por el Estado y pasar de los 1528 como jubilación mínima. No se si se pudiera enmendar ese error de quienes me deberían mantener informado.
Por favor quisiera que algún funcionario del MTSS.me responda una duda mi esposa ya cumplió 64 años de edad. Y no puede jubilarse. Por no tener los años de servicio..en el año 1995 por problemas de salud y ser operada no trabajo más. Después debutó con precion alta y diabetes tipo 1 y otras complicaciones .luego al pasar el tiempo.en el año 2017 .comienza a trabajar conmigo como trabajadora contratada como cuenta propia pagando su seguridad social. Cuando se autoriza la ayuda familiar .ella sigue trabando conmigo y pagando su seguridad social.ahora el año pasado cuando voy a actualizar mi proyecto de trabajo me dicen en el ministerio de trabajo. Que no puedo tenerla ya como mi ayuda familiar. Y me la quitan del proyecto. Ahora yo me pregunto todos esos años del 2017 hasta el 2024 qué ella venía pagando seguridad social todo ese dinero se pierde. Porque ya le faltaba para darle la jubilación 2 años con los que tenia trabajado en lo estatal. Y ahora como cuetapropia.por favor quisiera me ayudarán. Y me respondan.mi dirección es calle 1ra # 22926 / central y cuarta mirador del diezmero san Miguel del padrón su nombre es Felicia regla miranda del valle. Dándoles mis gracias por adelantado y esperando una respuesta adecuada saludos Ramon
Bajen la edad....el pueblo lo pide a gritos la esperanza de vida ya cambio