Las modificaciones al cálculo de la pensión por edad e invalidez total, recogidas en el Decreto 99 publicado recientemente en la Gaceta Oficial Ordinaria número 1 del 2024, sólo abarcan a trabajadores del sistema empresarial y no a los del sector presupuestado, afirmó una fuente autorizada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Al ser consultada por la Agencia Cubana de Noticias, Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS), hizo esa aclaración ante dudas e inquietudes de la población tras la entrada en vigor, el cuatro de enero, de la mencionada norma.
Recientemente el Consejo de Ministros acordó modificar el artículo 195 del Decreto 283 “Reglamento de la Ley de Seguridad Social”, de 6 de abril de 2009.
En su lugar, mediante el Decreto 99 estableció que en lo adelante la base de cálculo de la pensión por edad e invalidez total se determina sobre el salario promedio mensual, que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador durante cinco años.
Es importante aclarar que el Decreto 99, modificativo del Decreto 283, específicamente en el artículo 195 no deroga el Decreto ley 18 de diciembre de 2020, que se puso en vigor con la implementación de la Tarea Ordenamiento, por cuanto a los efectos del cálculo de la pensión se mantiene que se tome los años completos, puntualizó la funcionaria.
Manifestó que si un trabajador solicita en el 2024 su jubilación se establece que se tenga en cuenta como referencia para el cálculo los salarios devengados durante 2021, 2022 y 2023.
De manera que el artículo 195 del Decreto 283 quedó suspendido temporalmente porque no se van a tomar de los 15 últimos años los cinco mejores, sino que se mantiene lo que regula el Decreto ley 18 de coger los años completos anteriores a la solicitud de jubilación para el cálculo de la pensión.
García Reyes recordó que con el incremento de los salarios, las pensiones y las prestaciones de la Asistencia social, los salarios que se comenzaron a pagar en el 2021 eran mayores que los que se devengaban hasta diciembre de 2020.
Recalcó que ahora se valoran los mejores salarios del 2021, 2022, 2023 o 2024, en dependencia de cuando el trabajador solicita la pensión, en tanto en el 2025 termina el tránsito que se establece en el Decreto ley 18.
Esta fue una de las dudas que se reitera en las inquietudes de la población, precisó la entrevistada.
Aclaró que para el cálculo de la pensión en ningún momento se excluye el doctorado y la maestría aún cuando exceda los 9 510 pesos, cuantía máxima de la escala salarial vigente.
Para esas personas cuyo salario es de 9 510 pesos, pero además tienen el pago de maestría y doctorado, todo ese monto se contempla en el cálculo de la pensión y no se les aplica en este caso específico lo que establece el Decreto 99.
Solo es de aplicación cuando los trabajadores devenguen, además de su salario básico, el pago por concepto de utilidades, por resultados, por pronto despacho o por trincaje (para la actividad portuaria), aclaró García Reyes.
Aclaró que el Decreto 99 no tiene por sujetos aquellos trabajadores, del sistema empresarial, que solicitaron la jubilación en diciembre pues es para quienes a partir de ahora lo hacen, ni a los jubilados reincorporados al empleo, ni los acogidos al pluriempleo.
Tampoco es para el sector presupuestado y, por consiguiente, no se incluye a Salud Pública y Educación, a cuyos trabajadores recientemente se les aprobaron incrementos salariales, en justo reconocimiento a sus aportes a la sociedad, manifestó finalmente la directora general del INASS.
(Tomado de ACN)
Ver además:
Consejo de Ministros modifica método para cálculo de pensiones
Y los jubilados del Sector Salud de antes del 2019 ¿ cómo quedamos que es la jubilación más baja ?
Que derecho tengo con este Decreto-ley 99 fui dado por peritaje
Espero que en éste año comiense a brindarme las ayuda que e Estado reclamando y no se me a atendiendo y no han tomado mis derechos y asunto personales des dé el 2000 cuando fui jubilado por un asistente de trabajo y imbalides total y solo recibo una chequera por por peritaje médico de 1528 pesos cubanos tengo mi expediente la boral de 8 años de trabajo y explica como fue mi alcidente por inteligencia de un montacarguero y ni por seguridad social ni por asistencia social he recibido ayuda Habana municipio cotorro
Todo está bien pero como resolvemos las dificultades que nos esperan a los jubilados con la ley vieja y los aumentos de todo. Conforme con el aumento a sectores como educación y salud pública pero no se aclara nada sobre los jubilados cuyos ingresos no llegan ni a tres mil pesos y no podemos convertirnos en dependencia de nuestros hijos Agradeceré su respuesta
Y los que ya estamos jubilados que yo cobro 1600 que asemos yo vivo sola