Las normativas financieras actuales establecen las facultades que tienen los Consejos de la Administración Provincial y Municipal para regular los precios, en tal sentido se realizó el análisis de los precios de un grupo de productos que comercializan los trabajadores por Cuenta Propia, en las actividades de servicio Gastronómico en cafeterías y los panaderos–dulceros, partiendo de las preocupaciones realizadas por la población proponiendo el establecimiento de precios máximos a partir del 1ro de agosto considerando, entre otros los siguientes elementos:
• Constituyen productos demandados por la población.
• Son productos listos para la venta adquiridos por los trabajadores por Cuenta Propia que no requieren de gastos adicionales para su comercialización salvo su transportación y el impuesto correspondiente de la venta.
• El resto de los productos que se comercializan por los trabajadores por Cuenta Propia mantienen los precios actuales y no pueden ser incrementados.
Medidas para su aplicación y control
Los grupos multidisciplinarios para el TPCP a nivel municipal y provincial garantizarán el control del cumplimiento de lo establecido, aplicando las medidas de apercibimiento, así como en los casos que se requieran las multas por contravenciones, el retiro de la licencia entre otras.
Productos Precio máximo
Refrescos gaseados nacionales
En PET de 330 ml 17,00
En PET de 500 ml 26,00
En PET de 1,5 lt 45,00
En PET de 2,0 lt 67,00
En lata de 355 ml (excepto sabor piñita) 18,00
En lata de 355 ml sabor piñita 20,00
Maltas
Malta Bucanero en lata de 355 ml 22,00
Malta Tínima en botella de 250 ml 16,00
Malta importada 30,00
Jugos, néctares y zumos
En caja pequeña 200 ml 25,00
En caja mediana 500 ml 40,00
En caja grande 1 lt 70,00
En lata de 355 ml 30,00
Aguas
Agua mineral carbonatada Ciego Montero 330 ml 20,00
Agua natural 500 ml Ciego Montero 17,00
Agua natural 1,5 lt Ciego Montero 26,00
Cervezas
Cervezas nacionales (Cacique y Mayabe) 30,00
Cervezas nacionales (Cristal y Bucanero) 35,00
Cervezas importadas 40,00
Aún le han dejado un margen enorme de ganancia, solo por comprarlo en cantidades para revenderlo después, debería fijarse por Pinar de Río.
Y porque ellos deben de vender algo que es del estado comercializarlo a todo para consumir? En las tiendas nunca hay nada de eso a raiz.de que los particulares acaparan todo y ahora legalmente ¡¡¡¡¡
Realmente me sorprende esta medida enormemente pues de esta forma se esta facultando a los cuentapropistas a acaparar los productos que se relacionan y revenderselos a la poblacion de forma tal que cada vez que uno va a cualquier entidad estatal en busca de un referesco , una cerveza o un jugo rara vez lo encuentra pues los cuentapropias los compran en grandes cantidades y luego los revenden a casi el doble de su precio o mas .... Pienso que lo que se debe hacer es : 1: Habilitar un mercado mayorista donde los cuenta propia puedan adquirir estos productos de forma MAYORISTA Y CON PRECIOS MAYORISTAS , como mismo compra la empresa de gastronomia , la empresa de restaurantes de la Habana , etc, 2: Topar los precios de forma tal que los TCP no se les permita vender estos productos a un precio mayor del que se comercializan en las entidades estatales. Es importante evitar el acaparamiento y potenciar el poder adquisitivo del pueblo , medidas como estas van en contra de ambos preceptos.
Me parece excelente, fundamentalmente porque no se trata de obtener ganancias en base a la subida de precios, sino en correspondencia a un pequeño margen de ganancia, teneindo en cuenta el precio de adquisición, transporte y manipulación, de lo contrario seria el desastre.
Creo que se deberian permitir un aumento de 5 cup por encima de su valor en el estado. Asi ellos no incurririan en sobre ventas y habria mas existencias n los establecimientos estatales.