Con el objetivo de enfrentar las conductas de indisciplina y descontrol en materia de precios y tarifas, e incrementar la exigencia y el rigor en interés de evitar que se generen precios abusivos y especulativos, la Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria del 29 de enero de 2021, publica el Decreto 30 "De las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a aplicar por la violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas".
El Decreto tiene como objeto establecer las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a aplicar por la violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas y será aplicada a las personas naturales relacionadas con la comercialización de bienes y servicios, de forma mayorista o minorista. Igualmente define en qué consisten los precios abusivos y especulativos y establece las sanciones y medidas a imponer por las violaciones que se cometan.
Lo anteriormente expuesto, estaba regulado en el Decreto 227 del año 1997, por lo que en las condiciones actuales se hace necesaria su actualización, para enfrentar con mayor rigor las violaciones que se cometan.
La norma precisa, cuáles son las contravenciones a las regulaciones de los precios y tarifas minoristas y mayoristas, los precios de acopio y de la construcción y de las tarifas técnico productivas; así como las cuantías de las multas a imponer que se encuentran en el rango entre 2 500 y 15 000 pesos.
El Decreto define las autoridades facultadas para imponer las sanciones y medidas y resolver los recursos, al igual que los plazos para efectuar el pago de las multas.
Ministerio de Finanzas y Precios
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(Tomado de Juventud Rebelde)
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Llama mi atención que, segun el artículo, la norma va dirigida solamente a las personas naturales, y qué de las personas jurídicas?
No sólo los precios altos de los particulares también los del estado q para lo q cuestan ahora no tienen ninguna calidad.ejemplo gastronomía popular están para cerrarlas todas lo q venden no hay quien se lo coma.
Acabo de ver la gaceta y sólo llegué al articulo 2; de ahi no seguí, por que? Sencillo: estoy muy, pero muy de acuerdo en que sean penalizadas de una u otra forma la alteracion de precios hacia LOS CONSUMIDORES de Bienes y Servicios, PERO, ese mismo articulo 2 dice CLARAMENTE que va dirigido SOLO a Las Personas Naturales, como si sólo fueran ellas las que alteraran los precios de bienes y servicios, cuando sabemos que existen instituciones estatales POR DOQUIER Violando constantemente los precios. Apenas hace unos días escuché al Presidente Miguel Díaz Canel haciendo alusión que en algún lugar habían detectado una subida de precios del almuerzo en entidades estatales de hasta 50 pesos, cuando el límite establecido por el Ordenamiento era hasta 18 pesos. Entonces yo digo, no, ha quedado claro mediante ese Decreto: "Las entidades estatales que violen los precios en la Comercialización de Bienes y Servicios están EXCENTAS"; no está asi suscintamente expuesto ahi, pero se deduce; entonces qué pensarán los que como yo nos hemos dado cuenta de ello. El ejemplo debe empezar por casa, acabo de ver un mismo dulce en varios Silvaym de La Habana en diferentes precios, por qué?, y cito este solo ejemplo para no seguir y me vuelvo a preguntar POR QUÉ? , POR QUÉ Y POR QUÉ? Debieron incluir en ese Decreto a todos, sin excepción, los que violen precios a bienes y servicios. Otra pifia de que hablar....
Muy bien por el decreto, pero que cuerpo de inspectores va a llevar adelante esta tarea? Años tras año lo mismo, tres dias y despues comienzan en la "noble" tarea de caer en la corrupción y falta de vision.
"Decreto 227/97, "Decreto No.30/21 que rigen la política de precios y tarifas"... La necesidad de imponer por decreto prueban nuestra decepción de resolver las principales causas que originan el problema. Ojalá no necesitemos otros decretos... para liberarnos de esta pandemia socio-económica cuya vacuna tal vez sea más difícil de lograr que las que nos protegen de ataques virales. La situación, aunque sugiera mantener la norma impositiva mientras la producción no haga valer su abundante presencia, apremia encontrar el "método de distribución" mas adecuado. Posponer aquél que en lugar de DISTRIBUIR estimula, facilita y ofrece vías para acaparar un producto determinado. Comprender esto, que a simple vista parece tan ingenuo y sencillamente lógico, se ha tornado en el problema más difícil, el de más resistencia y tan alejado de reconocer la realidad sobre la escasa presencia productos, sobre todo de alimentos. Probemos no vender liberado siempre en los mismos "mercados", rodeado generalmente de los mismos vendedores, vecinos a quienes (a muchos sin generalizar) se les propicia la oprtunida de poner su conciencia a prueba al facilitarles nuevos ingresos por coleros, acaparadores, revendedores... Qué dificil ha resultado que el MINCIN y cadenas comerciales desistan, que acepten aprovechar y rediseñar todo el legado de un sistema, un ejército creado para distribuir en tiempos de escasez, cuántos decretos, acusaciones, divisiones insidiosas, indisciplinas y trampas nos hubiéramos ahorrado. Hacer y dejar más tiempo a crear, modernizar, depurar, perfeccionar ese sistema de distribución casi familiar. Facilitemos oportunidades para que las conductas bién atendidas con solidaridad, racionalidad, y sensatez del momento y condiciones en que se manifiestan sean las que rijan la norma, las leyes, la imposición. Intentemos recuperar métodos que nos permitan ganar el tiempo necesario para ordenar la eficacia, la productividad, que nos permita ganarnos un mercado basado en valores más justos según la asimétrica preferencia de gustos y sabores. Ese otro mercado que tanto insistimos en construir sin aún tener creadas las condiciones objetivas elementales para imponerlo a fuerza de decretos y caprichos tecnocratas, ese otro mercado de la modernidad también es posible. ¡luchemos paso a paso por él!. Gracias.