En diálogo con el coronel Mario Ríos Labrada, jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos y Licencia de Conducción del Órgano Especializado de Tránsito de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), abordó temáticas relacionadas a las infracciones en lo dispuesto en la Ley 109.
-¿Cuáles son las disposiciones para aquellos vehículos que transitan sin chapa o licencia de conducción según lo estipulado en la Ley 109?
-La ley 109 del Código de Seguridad Vial plantea que un vehículo de motor es aquel que tiene propulsión propia, es decir, no necesita del esfuerzo humano para moverlo. En consecuencia, con esto la ley agrupa en varias clases a estos vehículos, los que tienen dos o tres ruedas se clasifican en ciclomotores o motocicletas.
Por lo tanto, las llamadas bicicletas eléctricas y las bicimotos son ciclomotores y necesitan para circular la categoría de licencia A1 que se otorga a partir de los 16 años de edad.
“Esto es una práctica internacional; en la Convención de Viena establece este tipo de licencia para esta categoría de vehículos por la necesidad de que conozcan la ley para que tengan un comportamiento responsable. Al usar licencia deben registrarse para otorgar una chapa y una circulación y que estén legalizados. Es un proceso que se está realizando paulatinamente pero que todos deben iniciar, el curso en la escuela, el examen médico y luego el teórico y práctico.
“Si tomamos en cuenta la cantidad de vehículos eléctricos que han entrado al país en los últimos tiempos es de considerar justamente esta propuesta que esta acogida en la Ley 109.
“Son más de 350 000 vehículos que ya están circulando, hemos matriculado cerca de 100 000 y aún nos faltan 250 000 por matricular, proceso que debe finalizar a mediados del año que viene. De manera conjunta, hay vehículos que ya son de combustión que están en un proceso de homologación por el Ministerio de Transporte (MITRANS), que ya se encuentra en la etapa final y para fin de año debe terminar este proceso. Por lo tanto, para el próximo año estos motores de combustión interna que están en proceso de homologación no podrán circular tampoco si no tienen su correspondiente chapa de matriculación.
-Consejos a las personas que circulan sin licencia de conducción.
-Lo primero es ir a la Escuela de Educación Vial que hay en todos los municipios del país con trabajadores por cuenta propia y escuelas del Grupo Tramos dirigidas por el MITRANS. Luego realizar el examen médico en el municipio que corresponda de acuerdo a la disposición de Salud Pública, y se presentan con estos dos documentos al centro de licencia de conducción más cercano a su domicilio, y realizan el examen teórico y el práctico. Así obtienen su licencia categoría A1 o categoría A; con esta última se pueden conducir los ciclomotores.
“Para los que tienen confusión en su clasificación están en tiempo, los que ya saben que son ciclomotores o motocicletas deben tener su licencia hace mucho tiempo. Aún se está haciendo un llamado para que entren gradualmente en la regularización de su licencia de conducción.
-Consejos a los conductores respecto a este nuevo período, el inicio del curso escolar.
-Como se anunció en una Nota Oficial realizada por la Comisión Nacional de Seguridad Vial, la PNR y el Ministerio del Interior, hemos diseñado un sistema especial de Vigilancia y Patrullaje en las vías de los centros más importantes de cada territorio, para regular el cruce de los niños frente a las escuelas en los lugares de mayor concentración y así proveer una mayor seguridad vial.
“Los conductores deben tener en cuenta que en las zonas de niños, antes conocida como zona escolar, la velocidad en zona urbana es máximo 40 km/h y en zona rural 60 km/h, para así evitar accidentes, en caso de la invasión de un niño en la vía pueda reaccionar y frenar a tiempo.
“Los padres deben enseñar a los niños a cruzar la calle, a los más pequeños se deben llevar de la mano, circular por la acera, enseñarles por qué lugares el cruce es más seguro para evitar que existan situaciones.
“Los pasajeros no deben sacar parte del cuerpo del vehículo, las puertas las deben abrir con cuidado para evitar incidentes.
“Los conductores de bicicletas y ciclomotores deben tener en cuenta las precauciones en los distintos cruces, en la señal de Pare, los semáforos y los adelantamientos para evitar situaciones de peligro”.
Ver además:
Coronel Roberto Rodríguez Fernández: Accidentabilidad y Seguridad vial en Cuba
Mi duda es. Si tengo una bicimoto el examen práctico lo puedo hacer con ella. Ya leí que tengo que sacar licencia, registrar el vehículo y llevar casco. Pero una licencia A1 puede ser sacada con la bicimoto???? Por favor espero respuesta
A las motos eléctricas le están asignando chapas, ¿Porqué a las motos de combustión q han sido importadas o armadas a partir de un kit y una unidad importada también o adquirida en las tiendas pertenecientes a SASA, no se les da el mismo tratamiento?
Que licencia de conducir se nesecitas para un triciclo de tramporte de pasajeros
Si es verdad q se autoriza a circular los vehículo sin chapas q están el el proceso de omologacio mientra esperan por el proceso en este año 2024
Buenos días. Revisando como poder acceder a reglamentaciones establecidas por la Ley No.109 Código de Vialidad vigente en Cuba, referente específicamente a prohibición que debe existir por Ley de no construir adicionar o colocar accesorios a vehículos. Pero no lo encontré. Esto es debido a que me estoy documentando para cuando esté en vigor la nueva Ley sobre el Sistema de Quejas y Peticiones de la población tener el deber y el derecho de exigir que se cumpla la ley. Llevo meses quejándome a a los gobiernos de la provincia y mcpio de Holguín por la alteración del orden y la tranquilidad ciudadana del pueblo por la profileracion cada vez con mayor presencia de equipos como motorinas eléctricas coches a caballo bicitaxis autos y ect ect. Que le han ido adaptando bocinas que amplifican música a cualquier hora del día y andan por las calles contaminando el medio ambiente sin que se observe enfrentamiento de las autoridades competentes para frenar esta práctica que constituye una indisciplina social que debía estar presente en las directivas que el Primer ministro de la República ha impulsado desde finales del año 2022. Estoy muy preocupado con esta situación porque es muy desagradable que en horas de la madrugada individuos insensibles pululan por las calles con música a todo volumen y que no tengan una respuesta de enfrentamiento en correspondencia con lo que que prohíbe la Ley No.109 artículo No.102 apartado 10 y alguien se ocupe y preocupe porque esto no suceda. Es muy lamentable que en una sociedad como la nuestra ocurran estos hechos. Por lo que imponer orden ocupa una prioridad en el trabajo de todos. En espera de su atención y consideraciones al respecto les saludo en este día de viernes santo.