El Tribunal Provincial Popular de La Habana da a conocer la nota informativa siguiente: El pasado 29 de septiembre de 2025, el Tribunal Municipal Popular de Arroyo Naranjo, celebró el juicio oral y público correspondiente a la causa 84 de 2025 contra los acusados DAIMA RODRÍGUEZ NÚÑEZ y CARLOS DÍAZ GONZÁLEZ, por los presuntos delitos de corrupción de personas menores de edad, otros actos contrarios al desarrollo integral de las personas menores de edad y abusos sexuales.
Del conjunto de pruebas practicadas en el acto de justicia realizado, se demostró que la acusada DAIMA RODRÍGUEZ NÚÑEZ, madre biológica y tutora legal de las menores de 10 años, 7 años, 4 años y 1 año de edad, las tres primeras atendidas por escuelas especiales por tener su capacidad cognitiva disminuida, a sabiendas de su responsabilidad por la guarda y cuidado sus hijas, no satisfacía sus necesidades básicas de educación, salud, alimentación, pues no las llevaba a su centro de estudios por prolongados períodos de tiempo; no las alimentaba adecuadamente a pesar de la ayuda que les proporcionaba el gobierno municipal para ello; y no las llevaba a recibir atención médica, cuando en muchas oportunidades requirieron tratamiento de estos especialistas, incluso, con frecuencia se retiraba del inmueble donde residía y dejaba a sus hijas solas por prolongados espacios de tiempo, incluyendo la noche y la madrugada.
En muchas otras ocasiones, DAIMA RODRÍGUEZ NÚÑEZ y su pareja, el acusado CARLOS DÍAZ GONZÁLEZ, obligaban a las niñas deambular en las calles, en cualquier horario, para pedir alimentos y dinero a vecinos y personas desconocidas. El dinero que obtenían, los acusados lo empleaban en el consumo de bebidas alcohólicas.
El acusado CARLOS DÍAZ GONZÁLEZ, valiéndose de todo este clima de abandono, desatención y vulnerabilidad, se acercó a una de las hijas de DAIMA, específicamente la de 7 años de edad, y comenzó a tocarle sus partes íntimas por encima de las ropas que la niña vestía, actuar que la acusada permitió.
Por los hechos descritos, el tribunal determinó responsables a los acusados DAIMA RODRÍGUEZ NÚÑEZ, de los delitos de corrupción de menores y otros actos contrarios al normal desarrollo del menor; y al acusado CARLOS DÍAZ GONZÁLEZ, de los delitos de corrupción de menores y abusos lascivos. Las sanciones conjuntas impuestas fueron: 8 años de privación de libertad a DAIMA RODRÍGUEZ NÚÑEZ y 10 años de privación de libertad a CARLOS DÍAZ GONZÁLEZ. Como sanciones accesorias, se les aplicó a DAIMA la suspensión de sus derechos paternos filiales sobre sus hijas; y a ambos acusados las de privación de derechos y la de salida del territorio nacional.
En la tramitación de proceso y en el acto del juicio oral, se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrados en la Ley del Proceso penal y la Constitución de la República. A los acusados se les aplicó la ley vigente al momento de cometer los hechos, por resultar mucho más beneficiosa, que la actual.
Contra la sentencia dictada, los acusados y la fiscalía, tienen derecho a establecer recurso de apelación, que será resuelto por la sala correspondiente de la entidad.
Fuente: Tribunal Supremo Popular de La República de Cuba
(Tomado del Portal del Ciudadano de La Habana)
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Creo que delinquir con lo más sagrado de la patria, SUS NIÑOS, en mi criterio requería para ambos una sanción mas severa. Pero tengo una duda y pregunto: la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, NO IMPLICA LA PERDIDA DE TODOS SUS DERECHOS? Y POR DESCONTADO SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL O QUIERE DECIR QUE DESPUÉS QUE CUMPLIERON SUS CONDENAS, NO PUEDEN SALIR DEL TERRITORIO Y NO TIENEN DERECHOS?
Muy bien. Es importante que el Departamento de Atención a Menores y las autoridades de La Habana tomen cartas en el asunto. Cientos de niños están en las calles pidiendo dinero por mandato de sus padres, los que disfrutan el mismo para compra de bebidas alcohólicas. Es increíble, también prestándose para fotografías para publicaciones y postearlas en redes.
Cadena perpetua es lo que les toca sin derecho a libertad condicional. Y deseo que tengan una estancia en la prisión muy feliz.
¿solo 8 y 10 años por desproteger y abusar de niñas? Muy flojas esas sanciones para tanta crueldad.
Creo que la sanción por estos hechos tan repudiable e inhumano con niñas incluso con problemas cognitivos es demasiado poco. Se merecen una sanción ejemplarizante yo impondría a ambos cadena perpetua. Son dos alimañas que no deberían salir de prisión nunca más.