El 19 de diciembre del pasado año entraron en vigor un Decreto y seis Resoluciones para simplificar el proceso de actualización de los títulos, a los efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad, perteneciente al Ministerio de Justicia.
La directora Jurídica del Instituto de Planificación Física, Diana Rosa Suárez Matías, aclaró que antes de existir estas normas jurídicas las personas, para actualizar el título de propiedad, debían visitar varias entidades, entre ellas, las Direcciones Municipales de Planificación Física, las Oficinas del Arquitecto de la Comunidad, la Dirección Municipal de la Vivienda, las Notarías y finalmente el Registro de la Propiedad.
Debido al alto nivel de insatisfacción en la población con respecto a la cantidad de trámites a realizar y los términos por días hábiles, se hizo una revisión del asunto, lo que conllevó a la aprobación de nuevas normas que concentran la gestión en la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF).
Esta entidad tiene dentro de su función certificar el cumplimiento de las regulaciones urbanísticas y elaborar el dictamen técnico de descripción de la vivienda, documento imprescindible para la actualización del título.
La especialista enfatizó que las personas deben revisar todos los datos que muestra su título de propiedad, y ante cualquier duda visitar a la DMPF, porque puede no coincidir la realidad física-arquitectónica del inmueble con lo reflejado en el documento.
También puede darse el caso de acciones constructivas posterior al registro de su título de propiedad (una terraza, otro cuarto, un baño, etc.), quedando esas nuevas ejecuciones sin reconocimiento. El nuevo proceso permitirá legalizar dichas modificaciones, si no violan las regulaciones urbanas establecidas.
Precisa Rosa Suárez, que cuando existen violaciones de las regulaciones urbanísticas no procede el trámite, y la DMPF le notifica a la persona sobre la ilegalidad y su obligación de enmendarla.
Estas normas jurídicas eliminan la prohibición que existía para actualizar acciones constructivas posteriores a la inscripción del título de propiedad.
El trámite culmina con una Resolución complementaria del Director de Planificación Física del Municipio, dónde se describe el inmueble con su nueva composición o estructura, incluyendo las medidas, linderos, colindancias o de las parcelas que en ocasiones se habían omitido. Ese documento se anexa a la propiedad.
La experta enfatizó que cuando existe litigio entre los vecinos por una parcela, terreno, o colindancias no procede el trámite, hasta que los tribunales no dicten sentencia.
Es importante aclarar que los propietarios de viviendas que mantienen sus inmuebles según se describe en el título de propiedad no necesitan actualizarlo.
(tomado de Radio Rebelde)
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Responder a Aleida Acela: aunque usted no refiere cuales docuemtnos posee, estos deben tener validez.
Estas normas concentran estos trámites en la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF), las personas deben revisar todos los datos del título de propiedad, y ante cualquier duda visitar la Dirección Municipal de Planificación Física, puede no coincidir la realidad del inmueble con lo que aparece reflejado en el documento. La DMPF certifica el cumplimiento de las regulaciones urbanísticas y elaborar el dictamen técnico de descripción de la vivienda, documento imprescindible para la actualización del título. Este proceso permite legalizar las modificaciones realizadas en la vivienda, siempre que viole las regulaciones urbanas establecidas.
Se logra agilizar el trámite acudiendo solamente a Planificación Física. Todo en función de mejorar el servicio a la población.
Buenas tardes: mi apartemento es un usufructo gratuito, le he realizado arreglos en la cocina y baño y quiero hacerla propiedad, que trámites son los que tengo que realizar? Gracias y saludos.
Hola quiciera me orientara que debo hacer para solicitar la propiedad del apto donde vivo hace 36 años dicho apto se lo dieron a mi padre por la micro y 3 años despues el falleció y mi mama lo siguió pagando pero cuando fuimos a legalizarlo resulta que no aparece expediente de este apto en vivienda ya todos los compañeros que junto con mi papa estuvieron en la micro tienen la propiedad de sus apto este es el único que no aparece su expediente llevo mas de 15 años tratando de legalizar la vivienda y siempre lo mismo no existe expediente del apto en vivienda tampoco esta en el fondo de medios básico ni de viviendas vinculada osea un apto fantasma que hago por favor me pueden ayudar soy de alamar