La aprobación de la nueva Constitución de la República en 2019 trajo consigo profundos cambios en el ordenamiento jurídico del país. El Código de Trabajo actual, vigente desde 2013, no abarca muchas de las relaciones laborales establecidas en la nueva Carta Magna y requiere una modernización en varios de sus apartados para alinearse con la realidad laboral actual.
Así lo expresó Yiseilis Ferrer Mariño, directora jurídica y de relaciones internacionales del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en una entrevista con Cubadebate.
En la venidera sesión ordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular se presentará la política de modificación del Código del Trabajo.
“Un aspecto fundamental a considerar en esta actualización es el macro programa Desarrollo Humano, Equidad y Justicia Social, así como el programa de dinámica demográfica, el de Adelanto de la Mujer y el Programa de Trabajo Digno. Estos son pilares en cuanto a derechos y garantías para los trabajadores y para quienes son protegidos, como las familias”, comentó Ferrer Mariño.
La nueva normativa también incluirá las garantías derivadas del trabajo en el sector no estatal, ampliando los beneficios y obligaciones tanto de empleadores como de trabajadores. “Este Código del Trabajo es para todos, independientemente del sector al que pertenezca el trabajador. Se tratará de una norma amplia y protectora. Se introduce el término ‘persona trabajadora’, que sustituye a ‘trabajador’, y refleja un enfoque más inclusivo, sin distinción de sexo, género, color de piel, orientación sexual, entre otros”.
Otra novedad es la inclusión de “personas de interés especial”, que abarca a jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y aquellos en situación de vulnerabilidad.
La funcionaria destacó que, con la nueva ley, todas las reclamaciones derivadas de medidas disciplinarias aplicadas a los trabajadores podrán ser abordadas judicialmente, conforme a lo establecido en el Código de Procesos.
Ferrer Mariño anunció que se sustituirán los términos de interrupción y disponibilidad, adaptándolos a la realidad actual. “Se incorporarán también elementos relacionados con el teletrabajo y el trabajo a distancia, alternativas laborales que han cobrado fuerza tras la pandemia de Covid-19”.
El nuevo Código del Trabajo otorgará nuevas facultades a los empleadores en el proceso de contratación. “Se podrá considerar, además de la capacidad demostrada, las competencias laborales. Esto implica que, para acceder a un empleo, no solo se evaluará una calificación específica, sino también los valores y principios que la organización requiera para determinados puestos y cargos”.
“Esto no significa que se ignoren los requisitos establecidos por ley para cada cargo, sino que el empleador podrá solicitar otras competencias o habilidades necesarias para el puesto específico, permitiendo así una evaluación más integral”.
La norma también incorporará opciones para quienes realicen labores de cuidado en el hogar, incluyendo facilidades como el teletrabajo y el trabajo a distancia. La normativa regulará los mecanismos para establecer licencias, que serán aprobadas no solo por la administración, sino también por el órgano sindical. Además, se ampliarán los elementos considerados para establecer convenios colectivos en las entidades.
“Se actualizarán normativas relacionadas con la responsabilidad material, la evaluación de los profesores y la seguridad y salud en el trabajo”, añadió.
Ferrer Mariño adelantó que se está trabajando en paralelo con una nueva ley de seguridad social, dado que ambas normativas están estrechamente relacionadas. “En este contexto, se abordarán elementos para la madre trabajadora”.
El Código de Trabajo mantendrá los derechos de los trabajadores en cuanto a vacaciones, contratación y seguridad social. La directora del MTSS subrayó que la propuesta legal mantiene prohibido el trabajo infantil. “Cuba siempre defenderá el derecho de los niños, jóvenes y adolescentes. La propuesta establece la edad mínima para el trabajo en 18 años”.
(Tomado de Cubadebate)
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A ver si por fin estas reformas considera a los q como yo trabajamos y pagamos aporte a la Seguridad Social durante 31 años y al cumplir 60 y no poder trabajar por cuidar a mi madre anciana, poder jubilarnos sin estar vinculados y cobrar una pensión aunque sirva solo para comprar los medicamentos que por edad nos tocan.
Lo que plantea Milagros Rodríguez que a pesar de los años que has aportado a la Seguridad Social y no poder jubilarse por no estar vinculada estoy de acuerdo.
Tengo muchos años de trabajo que son más de 35 tuve problemas familiares y abandone mi trabajo. Ahora tengo 60 y no me puedo jubilar.
Es una nueva ley que también es de interés de todos los cubanos discutir y aportar cambios que quizás las comisiones no tengan en cuenta. La actual Ley 116 y su reglamento tiene algunas lagunas y algunos de sus articulados no presentan obligación, por ejemplo, se habla de Convenio Colectivo de Trabajo y en ninguna empresa o institución se cumple como se debe por no haber exigencia por parte ni de los Sindicatos y ni de los organismos en cuestión (MTSC). Los Órganos de Justicia ya no son efectivos y por ende la primera instancia deberían de ser los Tribunales Municipales y en segundo instancia los T. Provinciales y los recursos al T. Superior, así también pueden tener derecho los trabajadores del sector privado. Aquí hay mucha tela por donde cortar y espero que se discuta con los trabajadores el Anteproyecto de Ley. Gracias y saludos.
Me gustaría que se ampliara el proceso o tratamiento para la forma de gestión no estatal, hasta que punto el código de trabajo influye en la forma de gestión no estatal gracias quisiera que me respondieran a mi correo