Ventas de garaje, a plazos y la entrega excepcional de libretas a núcleos familiares que viven en lugares diferentes a su residencia legal, son algunas de las más recientes medidas adoptadas por el Ministerio del Comercio Interior (MINCIN), como parte de la estrategia económica y social y la modernización del comercio.
Sobre estos tópicos dialogaron con la prensa Grisel Ávila Díaz, Miriam Pérez González, Harold Pérez Teira, viceministros del organismo rector del comercio en Cuba, y María de los Ángeles Echevarría, jefa de departamento de Registro de Consumidores (ORC).
Según explicó Miriam Pérez, la Resolución 97, Regulaciones para la venta de garaje como modalidad del comercio minorista eventual, no requieren licencia comercial ni de trabajador por cuenta propia y pueden realizarse en garajes, portales y otras áreas residenciales, que no obstruyan el tránsito por aceras y vías.
La viceministra especifica que una vez otorgados los permisos por las autoridades locales, pueden comercializarse artículos de uso doméstico y personal y ser usados, nuevos o seminuevos, pero no pueden ser lotes de artículos nuevos, importados o de producción nacional.

Las tarifas, que no rebasarán los 50 pesos, se aplicarán a discreción de las autoridades locales.
"Estas ventas son algo relativamente nuevo, porque algunos municipios ya las autorizaban. La resolución permite ahora su generalización", dijo Pérez.
Por otra parte, aclaró que la comercialización minorista a personas naturales a plazos -para artículos cuyos precios rebasen los 2 500 pesos-, se refiere a unidades como Mercados Artesanales Industriales de subordinación local, no así a las cadenas de tiendas.
Entre estos artículos, que dependerían de la disponibilidad, se encontrarían muebles y colchones, bicicletas, entre otros, dijo.
Para adquirir los artículos, las personas naturales deben cumplir una serie de requisitos: ser ciudadano cubano con domicilio permanentemente en el país; residir en la provincia donde se solicite la venta a plazos; tener más de 18 años de edad, capacidad legal y de pago para concertar obligaciones; tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados; y haber honrado o estar honrando otras deudas contraídas bajo esta modalidad de venta.
Según dijo la vicetitular, como sucede en la práctica internacional, se prevé la figura del fiador, plazos y términos de pagos e incluso, el retiro del bien cuando estos no se cumplan.
La viceministra Grisel Ávila Díaz explicó el contenido de la Resolución 29, de enero de 2021, que regula la gestión de los inventarios de los actores de la economía: de lento movimiento, ociosos y, como nuevo término, los inventarios de garantía, aquellos que necesitan las entidades para su funcionamiento.
Por otra parte, la Resolución 83, establece el reglamento para el funcionamiento de las casas comisionistas, adonde pueden acudir personas naturales y jurídicas.
De acuerdo con el documento, esas casas brindan a la población el servicio de gestión para la venta de objetos varios de propiedad personal, mediante el cobro de una comisión por la prestación, así como a personas jurídicas estatales la gestión de inventarios ociosos y de lento movimiento, por consignación.
La resolución establece las modalidades de servicios, las características que deben tener las tiendas y su personal, así como las prohibiciones (productos alimenticios y bebidas, los que constituyan ventas regulares de organismos, pieles de animales y maderas preciosas, moneda con valor numismático, sellos de correo de valor filatélico o postal, motores de vehículos y artículos que solo pueden constituir propiedad estatal).
Según se explicó en el encuentro, actualmente en La Habana funcionan cuatro casas comisionistas en los municipios de Plaza de la Revolución, Marianao, Cerro y La Lisa.
María de los Ángeles Echevarría, jefa de departamento de Registro de Consumidores, destacó que en el actual contexto pandémico se decidió autorizar de forma excepcional la constitución de un núcleo para aquellos consumidores que no mantienen dirección actualizada en la provincia donde residen, y reciben la canasta familiar normada por el lugar de origen; no cuentan con el Certificado de habitable de la vivienda donde residen; nunca antes han sido censados o repatriados.
En todos los casos realiza de conformidad con el modelo M-6, de movimiento de consumidores baja-alta, que puede tramitarse por la persona interesada, en la oficina de origen; por otra persona mayor de 18 años; o mediante de la Oficina de Registro de Consumidores donde se está solicitando el trámite.
Según enfatizó, la libreta de abastecimiento excepcional tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, marcada con la palabra COVID en la primera página; vencido este término, esta libreta queda sin efectos.
Echevarría indicó que en apenas cuatro días de entrada en vigor el 19 de julio, se han atendido 12 403 consumidores y creado 5 152 núcleos, mientras 5 236 están en proceso.
Cuota de agosto
El viceministro Harold Pérez Teira dio a conocer que la canasta básica normada comenzaría a venderse a la población el próximo 26 de julio, aunque esto no significa que en el comercio se encuentre la totalidad de los productos, por lo que las ventas se harán gradualmente.

Para el octavo mes del año, se comercializarán por cada consumidor siete libras de arroz normado y otras tres de forma regulada controlada. El precio estará en correspondencia con el origen y la calidad del producto, dijo el viceministro.
En el caso de los productos de aseo, a diferencia de otros meses en los que se vendía el jabón de lavar por composición de núcleo, en esta ocasión cada consumidor recibirá una pastilla, junto a tres de tocador. Para niños menores de dos años, se mantiene la entrega de dos jabones de lavar adicionales.
Los otros productos, crema dental y detergente líquido, se mantienen como hasta ahora.
Pérez Teira informó que, debido a la entrada tardía, el pollo llegará al comercio minorista en los últimos días del mes e incluso, a inicios de agosto.
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Ahh q lo q van a vender es de los MAI? Se supone q de los inventarios de lento movimiento? Veamos eso a quien beneficia. Porque jamás he visto muebles, ni electrodomesticos. En fin, ojalá me den una patada en la cara y de verdad lo saquen.
¿En cual de los MAI existentes en La Habana o el país se podrán comprar los artículos electrodomésticos de los q se habla en la resolución? Me parece poco serio q en una resolución se diga que las personas podrán acceder a bienes de consumo que ahora mismo solo se encuentran en las tiendas MLC y que ahora se ACLARE que no va a ser así.
Buenas medidas para amortiguar situación alimentaria de la población ojalá se logré el abastecimiento regular de muchos productos necesarios cómo el azúcar,sal,aceite,pastas,picadillo, embutidos,y por supuesto proteínas y granos
No entiendo en el caso de la venta de garage cuando se dice la tarifa de 50 pesos ¿ a que se refiere? Porque hoy nada vale 50 pesos en Cuba
Aprovecho cada oportunidad para decir. 1 Estoy de acuerdo con las tiendas en MLC 2. Estan aumentando la cantidad de tiendas y disminuyen lo del resto de la poblacion 3. Quiten el minopolio al CIMEX y otros y distribuyan pollo, picadillo, aceite etc en los mercados subitilizados que tiene el MINCIN en la mayoria de los municipios de la Ciudad No proviquen mas disgustos