Los diputados cubanos aprobaron hoy dos leyes que dan continuidad al perfeccionamiento de la institucionalidad del estado y el Gobierno: una sobre la organización y funcionamiento del Gobierno provincial del Poder Popular y otra sobre la organización y funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal.

En la segunda jornada del VI período de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Nancy Acosta Hernández, jefa de la oficina de Atención a los Órganos Locales del Poder Popular, dio lectura a la presentación del cuerpo legal sobre el Gobierno Provincial, novedoso en la jurisprudencia cubana mediante el cual se regula la composición, límites y modos de actuación así como atribuciones del Gobierno Provincial y del Gobernador, Vicegobernador, así como también sus relaciones con otras instituciones y órganos.

En el dictamen, dado a conocer por José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, se explica que la propuesta de eliminar las Asambleas Provinciales se realizó sobre la base de la experiencia en el ejercicio de este órgano que lejos de ayudar a la buena marcha del trabajo ralentizaba y distanciaba un tanto el vínculo entre los órganos superiores y la base.

Precisa el documento que en las provincias lo que se necesitaba era un órgano ejecutivo-administrativo con operatividad suficiente para impulsar y controlar la gestión y administración de todo el territorio, sin que por eso se dejase de reconocer que tuviese la representación del Estado en su ámbito territorial.

De esta manera, explica el dictamen, surgió el Gobierno Provincial del Poder Popular, integrado por el Gobernador y el Consejo Provincial, órgano colegiado y deliberativo.

Acosta Hernández expresó que la norma jurídica fue el resultado de un amplio proceso de consulta orientado al perfeccionamiento de la administración pública.

Un elemento a destacar en el cuerpo legal es el referido a las relaciones del Gobierno Provincial con el pueblo mediante la obligatoriedad de atender y tramitar los reclamos de la población, con lo cual guarda la debida correspondencia con la Constitución de la República.

En el caso de la Ley de organización y funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal, da cumplimiento a la Disposición Transitoria Novena de la Constitución de la República y es expresión del proceso de reforzamiento de la institucionalidad del Estado socialista.

Lilian González Rodríguez, vicejefa de la Oficina de Atención a los Órganos del Poder Popular, al presentar el proyecto de ley manifiesta las experiencias derivadas de las medidas para dar cumplimiento al perfeccionamiento de los Órganos del Poder Popular.

Los objetivos de esta ley son regular la actividad del Intendente municipal, reafirmar la observancia de este órgano a lo establecido sobre la autonomía del municipio y establecer los procedimientos en las relaciones del Consejo de la Administración con la Asamblea Municipal, a quien se subordina y rinde cuenta.

Informó que se generaron más de 250 opiniones que propiciaron una mayor solidez a la propuesta presentada para su aprobación final.

Entre los temas más debatidos mencionó las atribuciones del Consejo de la Administración y del Intendente, la posibilidad de que cada Consejo pueda dictar su reglamento interno, así como sus relaciones con la

población.

Miriam Brito Sarroca, presidenta de la Comisión de Órganos Locales del Poder Popular, dijo que con esta norma y la ya aprobada sobre la organización y funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares, los órganos locales a este nivel contarán con el ordenamiento jurídico necesario para elevar la eficiencia de su gestión y el pleno cumplimiento del papel a ellos asignados, acorde con las nuevas realidades.

El proyecto -agrega el dictamen- refleja precisiones y oportunos criterios emitidos por los diputados, gobernadores provinciales, presidentes de las asambleas municipales e intendentes acerca de las nuevas atribuciones para el Consejo de la Administración Municipal, sus relaciones con otros órganos, asimismo sobre el tratamiento a dar a los planteamientos y quejas de la población.

Con la aprobación de estas dos leyes cierra el proceso de ordenamiento institucional del Estado cubano en correspondencia con lo establecido en la Carta Magna aprobada en 2019.

Aprueban cronograma legislativo para periodo 2021- 2022

El análisis y aprobación de más de 50 normas jurídicas conforman el cronograma legislativo de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) para el periodo 2021- 2022, aprobado hoy por los diputados cubanos.

Oscar Carlos Manuel Silveira Martínez, ministro de Justicia, recordó que la ANPP aprobó el 21 de diciembre de 2019 el cronograma legislativo para la actual Legislatura, el cual fue imposible cumplir debido a la situación epidemiológica.

Señaló que se priorizarán las leyes que no se aprobaron en 2020, de ahí el aplazamiento en el tiempo de otras normas previstas; no obstante, este año se aprobaron 11 decretos leyes de los 16 planificados y 14 que no estaban en el cronograma.

Fue sometido a votación por los diputados el cronograma en el cual se incluyen 25 Leyes que deberá aprobar el Parlamento; entre ellas sobresalen los códigos Penal y el de Familias.

Sobre este último, precisó que actualmente la política está aprobada y se avanza en la elaboración del anteproyecto de la norma jurídica, pero se requiere mayor tiempo para profundizar en conceptos e instituciones jurídicas que tributen a un Código imprescindible en el contexto actual y perspectivo de la sociedad cubana.

Asimismo, se creará una comisión de cara a comenzar y conducir el proceso de consulta y aprobación.

Desde el Palacio de Convenciones de La Habana y de manera virtual con las provincias, los parlamentarios dieron luz verde para el estudio en la etapa de otros documentos como las leyes de Empresas, la Tributaria, de Patrimonio Estatal, y de Protección de Datos Personales.

Entre los 29 Decretos- Leyes que serán sometidos al criterio del Consejo de Estado descuellan el referido al bienestar animal, el perfeccionamiento del Ministerio de Comercio Interior, el registro de bienes inmuebles, la migración interna y el De la maternidad de la trabajadora.

También se inscriben las normas relativas a la Comunicación Social; comercialización de insumos, equipamientos y servicios agropecuarios; protección de la información oficial; régimen laboral de los internos incorporados al trabajo; y sobre espacios públicos, playas y costas.

En el actual año, la COVID- 19 demandó la adopción de medidas excepcionales de aislamiento social y distanciamiento físico, de ahí la suspensión de actividades y de la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional prevista para el mes de julio.

No obstante, continuaron su labor los grupos de trabajo encargados de la preparación de las políticas y las normas jurídicas.  

De las leyes que responden a las Disposiciones Transitorias de la Constitución el Parlamento venía trabajando en todas, según lo establecido en el cronograma legislativo; pero la pandemia determinó la necesidad de priorizar aquellas que regulan la organización y funcionamiento de las estructuras del Estado y el Gobierno.

Las restantes, de acuerdo con el informe presentado al Parlamento, presentan un significativo adelanto en la elaboración de las políticas y los proyectos, de modo que se podrá concluir el proceso el venidero año en correspondencia con este cronograma.

Asimismo, las propuestas de Leyes y Decretos- Leyes serán presentados a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado en el término de 60 y 45 días con antelación, respectivamente, a la fecha de su aprobación, explicó Silveira Martínez.

(Tomado de ACN)

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