Cuando Tribuna de La Habana entrevistó a la licenciada en Derecho Lesly Vidal Álvarez, presidenta de la Sala 3ra. de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana, pudimos constatar su proyección  madura y responsable. En cada palabra de esta joven, quien, también, en estos momentos, está en funciones de vicepresidenta del Tribunal está presente la lealtad al cumplimiento de la ley.

-Los juristas juegan un rol fundamental dentro de la sociedad. Atendiendo al contexto actual, ¿cuál es el papel que asumen en defensa de la legalidad?

-La Constitución de la República es clara en su artículo 7 cuando establece que es la norma jurídica suprema del Estado y todos están obligados a cumplirlas, sin distinción de profesión u oficio. Sin embargo, los juristas ocupan un rol esencial en la salvaguarda de los mandatos constitucionales y por ende de la Legalidad. Ello, como consecuencia de la importante misión que le es encomendada a los licenciados en Derecho, cualquiera sea la labor que realice. Ya sean jueces, abogados, fiscales, notarios o asesores jurídicos, deben atender a las necesidades de las personas naturales y jurídicas siempre desde el marco de los postulados constitucionales, y en base a la letra de la Carta Magna y las leyes que la desarrollan asesorar, aconsejar y decidir los asuntos que se sometan a su conocimiento. De igual manera, los profesionales del Derecho se deben a la elevación de la cultura jurídica de la población y para ello requieren de tino en sus análisis y mesura en sus ideas, para que las personas más que un servicio, puedan obtener el conocimiento necesario para hacer valer sus derechos, siguiendo la máxima martiana de que la mejor forma de defender los derechos es conocerlos.

Foto: Cortesía de la entrevistada

- Desde el punto de vista jurídico, ¿cómo se cumple en la actual Constitución, el alegato de Fidel en La historia me absolverá?

El alegato de autodefensa de Fidel, La Historia me absolverá, se convirtió prontamente en el programa político del Moncada y del Movimiento 26 de Julio y sus ideas esenciales fueron las pautas para el actuar del Gobierno luego del triunfo de 1959. Aquella primera Ley Fundamental, que desde el rescate de los postulados básicos de la Constitución de 1940, le dio al gobierno las herramientas para implementar las políticas necesarias para erradicar aquellas problemáticas que Fidel alegó ante el Tribunal que lo juzgaba. Asimismo, en la anterior Constitución de 1976, también encontró asidero el pensamiento fidelista.

Hoy, nuestra Carta Magna ha heredado esos postulados en los que se reconoce como pilares fundamentales aquellos que Fidel señaló como puntos de derrumbe del viejo régimen burgués que no podía sostener el pacto social, primero por haberlo roto en 1952 y segundo por su perpetuo servilismo a los intereses norteamericanos.

Así, la Constitución de 2019 recoge en su articulado los derechos constitucionales a la Educación, a la Salud Pública y gratuita, a la Vivienda adecuada, el derecho y deber de los campesinos a trabajar la tierra, el derecho al trabajo y finalmente el derecho a la Justicia social, fin del Estado según marca el propio artículo 1 de la Ley de Leyes. En esencia, nos trasmite la visión del líder acerca de rasgos esenciales que deben caracterizar la impartición de justicia en la Revolución Cubana: apego a la ley, sentido de lo justo, sensibilidad social, conducta transparente e intachable de los jueces y participación y respaldo popular en la actuación judicial.

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