Según informó a Tribuna de La Habana, Orestes Llanes Mestres, coordinador de Fiscalización y Control del Grupo Provincial del Gobierno, desde que el 1ro. de septiembre entró en vigor el decreto 14 de 2020 del Consejo de Ministros, que otorga facultades al Gobernador de la Habana para imponer multas de 2 000 y 3 000 pesos a los que violen las medidas adoptadas para evitar la propagación de la COVID-19 (hasta el viernes) se habían aplicado un total de 1 872 multas, de ellas: 1 824 de 2 000 pesos y 48 de 3 000 pesos.
Las principales violaciones han estado relacionadas con:
- No uso o uso incorrecto del nasobuco: 1 757 multas.
 - No cumplir con las medidas higiénico-sanitarias en instituciones estatales o de trabajo por cuenta propia (TPC), un total de 34.
 - Realizar juegos o estancia en la vía pública, un total de 36.
 - Ingerir bebidas alcohólicas en lugares público, un total de 21.
 - Circulación de vehículos sin la autorización del Consejo de Defensa Provincial (CDP), un total de 24 multas y, además, se les ha retirado la matrícula y la documentación a los responsables.
 
Aplicación por organismos del decreto 14/2020
- pnr 1 012
 - disc 645
 - ise 133
 - dec 17
 - diet 65
 
Total: 1 872
Se recuerda a la población que las multas impuestas por este decreto no tienen bonificación y que, de existir inconformidad, los recursos de apelación se deben presentar ante el jefe inmediato superior de la autoridad que impuso la multa, el recurso de apelación se presenta por escrito y dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de notificación.
De no efectuar el pago dentro de los diez días naturales se duplica la cuantía a pagar, transcurridos los 30 días naturales posteriores a la duplicación de la multa, de no realizarse el pago, la autoridad facultada formula la correspondiente denuncia para dar inicio al proceso penal.
Los pagos de estas contravenciones deben hacerse en las oficinas habilitadas en las unidades de la PNR del municipio donde reside el infractor o a través de los gestores de cobro que cada oficina municipal a dispuesto para esta etapa.
El comportamiento acumulado de las imposiciones del decreto 14 de 2020 por los grupos municipales de fiscalización es el siguiente: Playa 42 multas, Plaza de la Revolución 59, Centro Habana 140, La Habana Vieja 391, Regla 55, La Habana del Este 103, Guanabacoa 77, San Miguel del Padrón 101, Diez de Octubre 85, Cerro 192, Marianao 144, La Lisa 107, Boyeros 143, Arroyo Naranjo 128, Cotorro 76, y por el Grupo Provincial de Fiscalización 29.
Control del accionar a vehículos de entidades incumplidoras
1 de septiembre:
- Empresa de producciones de aluminio (micons), matrícula: B839904. Pegatina sin la chapa.
 - Comercializadora de combustible (minen), matrícula: B111077. Pegatina sin la chapa.
 - Empresa de Transcupet (minen), matrícula: B169704. Pegatina sin la chapa.
 - Frutas Selectas (minagri), matrícula: B188041. Sin permiso de Vía Libre.
 - Empresa de producciones de alimentos (mincin), matrícula: B040173. La pegatina no pertenece al vehículo.
 - Empresa de la Industria Sidero Mecánica (mindus), matrícula: B41212. No tiene pegatina de la covid-19.
 
2 de septiembre:
- Empresa Provincial de Servicios cap, matrícula: B833361. Sin permiso de Vía Libre.
 - Empresa de Soluciones Mecánicas (micons), matrícula: B11738. Pegatina incorrecta.
 - Aprovechamiento de Recursos Hidráulicos (inrh), matrícula: B152966. Revisión técnica vencida desde 2016.
 
3 de septiembre:
- Empresa de Refrigeración y Calderas (mindus), matrícula: B37845. No tiene pegatina de la covid-19.
 - Centro de gestión de empresas (mindus), matrícula: B039676. No tiene pegatina de covid-19.
 - Empresa de producciones de aluminio (alme micons), matrícula: B160126. Pegatina sin la chapa.
 - Empresa de periódicos (mindus), matrícula: B69525. Transitando fuera de horario.
 - Comité Nacional ujc Juventud Rebelde, matrícula: B167633. Revisión técnica vencida desde el 9/2/20.
 
(Datos ofrecidos por la Dirección General de Transporte de La Habana)

                                            
                                            
                                            
                                        
                            ![[impreso]](/file/ultimo/ultimaedicion.jpg?1762220768)
Donde y cuando se dijo que tenia que ponerse la chapa en las pegatinas. Donde esta escrito dentro de las medidas. Lo digo porque eso no se ha orientado, que la chapa debe estar escrita en la pegatina
Mirando todas las medidas y las multas impuestas. Veo que hay conductores que se le ha impuesto sanción por que no tienen la chapa en la pegatina y me pregunto si esta orientado en alguna de las medidas. Por favor debemos estar alerta porque cuando se indicó esto.
Ya he enviado varios comentarios y parece que no se publican
Como se puede apreciar los indisciplinados no son "individuos normales" y aparecen desafiando las autoridades. Sugiere revisar las medidas antes de llegar al día 14.
Creo deben aclarar lo de la numeración de la chapa en la pegatina, eso no se orientó y creo no debería ser así pues si un vehículo de la empresa se rompe y hay que poner otro en funcionamiento la pegatina no serviría. Por favor reflexionen pues seguiran las multas sin motivo