Cuba da un nuevo paso en la implementación de la política para el perfeccionamiento de la base productiva del sector agropecuario, aprobada en mayo de 2013, con el Decreto-Ley 365, publicado este 24 de mayo en la Gaceta Oficial Ordinaria no.37.
Con entrada en vigor dentro de 180 días para acciones de capacitación y divulgación que faciliten comenzar a aplicarlos, el decreto-ley y su reglamento equiparan las modalidades de cooperativas agropecuarias, y unifica en un solo cuerpo legal los principios generales sobre su constitución y funcionamiento, explicaron en conferencia de prensa Orlando Díaz Rodríguez, director jurídico del Ministerio de la Agricultura, y Ricardo Monzón Novoa, director de Desarrollo Cooperativo.
Entre los principios que se establecen para las Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS), Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC), figuran entre otras, voluntariedad, cooperación y ayuda mutua, autosostenibilidad económica, disciplina cooperativista, decisión colectiva, igualdad de derecho de los socios, territorialidad, bienestar de los cooperativistas y sus familiares y educación cooperativa.
Según se dio a conocer, los cambios persiguen liberar al máximo las fuerzas productivas del sector agropecuario y forestal, creando un escenario favorable para el desarrollo de sus actividades, poniendo en igualdad de condiciones a todos los actores así como unificar el régimen económico en las cooperativas agropecuarias (UBPC, CPA, CCS), referente a la formación y distribución de los fondos, tomando en cuenta las características de cada una.
Las cuatro mil 828 cooperativas agropecuarias, que agrupan a 447 mil 235 cooperativistas, gestionan el 67.8 % de la superficie cultivable propiedad del Estado socialista y producen la mayoría de las viandas, hortalizas, frutales, frijoles, maíz y leche, además de la totalidad de la caña y el tabaco
Novedades
Entre las novedades que abre la nueva normativa se encuentra la autorización a la base productiva a vender sus producciones a las personas naturales y jurídicas que consideren después de cumplidos sus contratos (Artículo 24), sin que se violen otras regulaciones vigentes relacionadas con productos específicos (carne de res y leche, entre otras).
Igualmente, se autoriza a los agricultores pequeños, asociados o no a las cooperativas agropecuarias, a contratar directamente la fuerza de trabajo permanente que requieran amparados en resoluciones de los ministerios de la Agricultura, Finanzas y Precios, y Trabajo y Seguridad Social.
El Decreto-Ley 365 establece que las CCS pueden crear cuentas por donde circular el dinero para el pago a las ventas que realizan los productores, el que no es patrimonio de esta, por lo que no puede ser objeto de retención.
De acuerdo con el nuevo cuerpo legal, se crea por cada cooperativa el fondo de desarrollo, el que se dedica a la adquisición de medios básicos, la construcción de instalaciones productivas y sociales y el desarrollo científico técnico, así como a actividades de capacitación y a la protección del medio ambiente.
Igualmente, se define la creación del fondo sociocultural para todas las cooperativas, lo que hasta el momento solo era facultad de las CPA y las CCS. Este fondo se dedica a actividades sociales, culturales, deportivas y recreativas, contribuir al desarrollo de las obras sociales de beneficio colectivo, estimular a los cooperativistas destacados y prestar ayuda económica a los cooperativistas, según se establezca en el reglamento interno de cada cooperativa agropecuaria previo acuerdo de la asamblea general.
En ambos casos, el fondo se crea por acuerdo de la asamblea general a partir de las utilidades después del pago de impuestos.
Las normas que se derogan con este Decreto-Ley y su reglamento (Decreto 354/2018) son Ley No. 95 “De las Cooperativas de Producción Agropecuaria y de Créditos y Servicios”, de 2 de noviembre de 2002 y Decreto Ley No. 142 “Sobre las Unidades Básicas de Producción Cooperativa”, de 20 de septiembre de 1993.
Recuadro
Cooperativas, esenciales Es propiedad del Estado socialista el 78 % de la superficie agrícola cultivable y las cooperativas agropecuarias gestionan el 67.8 % de esta superficie: Las cooperativas producen: 81% de las viandas 72% de las hortalizas 76% de los frutales 85% del frijol 86% del maíz 100% de la caña 100% del tabaco 78% de la leche Fuente: Ministerio de la Agricultura |
¡¡¡ Viva Cuba y su revolución !!!! Te Amo Cuba . Salud y revolución.