El Consejo de Ministros aprobó la redistribución de inejecuciones del fondo de salarios en unidades del sector presupuestado, como medida para incentivar la estabilidad de la fuerza laboral, publicó hoy la Gaceta Oficial de la República de Cuba en su sitio web.
Dicha decisión, contenida en el Acuerdo 10199/2025, fue adoptada el 2 de agosto y entrará en vigor a partir de su publicación, este lunes, en la Gaceta Oficial No. 45 Extraordinaria de 2025.
Según el texto, la redistribución se aplica a trabajadores de todas las categorías ocupacionales en el sector presupuestado, incluidas las unidades con tratamiento especial, y el pago adicional se considera salario a todos los efectos legales, aunque no constituye un sistema permanente ni masivo de retribución.
Ese incentivo busca reforzar la estabilidad laboral en el sector presupuestado, por lo que cada unidad debe aprobar un reglamento interno para la redistribución, previo acuerdo del Consejo de Dirección, donde participa la organización sindical, y su contenido se analiza en la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores, para una vez aprobado, incorporarlo al Convenio Colectivo de Trabajo.
El reglamento interno debe incluir como mínimo: la fuente de financiamiento (inejecuciones del fondo de salarios), la periodicidad del pago (única vez o por período determinado), el procedimiento de otorgamiento basado en alto desempeño, reconocimiento a personal altamente calificado, cargos de mayor responsabilidad y gestión por competencias, las autoridades que certifiquen el ahorro y el cumplimiento de requisitos, y un sistema de control.
Los montos a redistribuir y la cuantía por trabajador deben ser aprobados por el Consejo de Dirección de la unidad, de común acuerdo con la organización sindical.
Estos acuerdos deben fundamentar los criterios, precisar los montos y el período de retribución, e informarse a la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores.
Quedan exceptuados de esta medida los órganos y entidades con tratamientos salariales diferenciados de incrementos de salario, así como las unidades asistenciales y educacionales cuyos profesionales de la salud y personal docente ya reciben beneficios, como el de máximo esfuerzo o sobrecarga de trabajo educativo.
(Tomado de ACN)
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Qué bien, eso debe generalizarse al Sistema Empresarial,debió hacerse hace mucho tiempo atrás, verán los beneficios y las Estructuras administrativas serán más racionales,lo que el reglamento ahora no debe ser inalcanzable, sin ser tan científico ,de poner cosas que son propias del desempeño del cargo,que sean motivador, y OJO CON EL PLAN,no sea que está medida se convierta en una forma de dar dinero
En serio, y a el trabajador estatal, que realmente produce cuando le van a subir el salario?, porque hasta donde se, los impuestos que nos aplicanson para el presupuesto del estado, como es posible ese aumento a los que se benefician de nuestro aportes, no se, no entendí?
Buenas tardes no entendí, como es posible que le aumenten el salario a esas empresas presupuestadas? si su salario lo genera el trabajador estatal con sus aportes e impuestos al presupuesto del estado, me explican por favor, por que para que paguen el pago por resultado en una empresa estatal que genera ingresos es una odisea, es mas fácil buscar el Santo Grial.
Me parece muy bien
A cuánto se elevaría ese pago?