Con respecto al arribo al país de los pasajeros por vía aérea, la Aduana General de la República establece como equipaje acompañado aquel que transporta el viajero y que se somete a ciertas regulaciones establecidas por la legislación del país.
En este sentido, Lisset Domínguez Arce, directora de Asuntos Legales de la Aduana General de la República, dijo que el equipaje acompañado debe proceder del mismo país que el pasajero y puede estar exento de pago hasta los 25 kilogramos.
En el caso de viajeros residentes permanentes en el país que realicen su primera importación de año, la directiva explicó que los pagos figuran en la tarifa progresiva expuesta hasta el momento.
En cuanto al equipaje no acompañado, Lisset Domínguez se refirió como la carga que no viene con el pasajero y puede ser enviada, tanto por vía aérea como por vía marítima, en un tiempo determinado, dado el volumen de la misma.
La directora de Asuntos Legales de la Aduana General de la República indicó que todo esto va a ser un despacho complementario a la carga acompañada que el viajero despachó por el aeropuerto, es decir, los mil pesos a los que tienen derecho de importación las personas naturales se incluyen tanto el equipaje acompañante como el no acompañante.
(Tomado de Radio Rebelde)
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Cuantos telefono se pueden entrar a Cuba en 2do viaje y si cobran uno
Creo que no son mil pesos, si no mil cuatrocientos cuarenta y cinco por qué se aplica la multa de el dicientos por cientos después de setenta y cinco kilogramos Ahora sí es verdad que existe que no pagan los veinticinco primeros más cinco de personales total treinta Gracias
Por qué no permiten llevar a las personas que han llevado dos maletas en sus viajes , en diciembre dos maletas más aunque sean de misceláneas. La líneas áreas solo permiten dos y se pierde la posibilidad de la importación
Sugiero agilizar el proceso de pesaje de equipaje a la llegada así como dar solución a la posibilidad de adquirir agua para beber.Mejorar trato de los trabajadores aduaneros.
Buenas tardes .Se mantiene libre de pago los 23 kg de alimenros y medicamentos ,porque en realidad los colaboradores que estamos en Angola por Antex.sa no hemos sálido de.vacaciones desde agosto que debíamos haberlo hecho.La pregunta sería se mantendría esa regulación vigente.gracias