Las oficinas de Registro de Consumidores (OFICODAS) de todo el país comenzarán a partir de hoy los trámites para el otorgamiento de libretas de abastecimiento, de forma excepcional, que tendrán vigencia hasta el próximo 31 de diciembre.

De acuerdo con un reporte del diario Granma, la ministra del Comercio Interior (MINCIN), Betsy Díaz Velázquez, explicó que esta medida flexibilizará el tratamiento a personas que no tienen libretas de abastecimiento para poder acceder a la canasta básica normada.

La titular del MINCIN subrayó que el referido documento no avala la condición de legalidad o propiedad de la vivienda, pues constituye solo un mecanismo de distribución

Con la nueva disposición se autoriza la constitución de un núcleo para aquellos consumidores que no tienen dirección actualizada en la provincia donde residen, y reciben la canasta familiar normada por el lugar de origen; que no cuentan con el Certificado de habitable de la vivienda donde residen; o que nunca antes han sido censados o repatriados.

Según la resolución, a los consumidores implicados en el procedimiento se les otorga una libreta de abastecimiento excepcional, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, marcada con la palabra COVID en la primera página; y vencido este término, esta libreta queda sin efectos.

La OFICODA, cumplidos los requisitos establecidos para cada caso, emite vales piloto aprobados por el administrador de la oficina, para todos los productos normados de la canasta familiar normada, que incluyen cárnicos, huevo, leche y aseo e higiene. 

Mediante la libreta de abastecimiento excepcional, el consumidor puede adquirir el pan a las 72 horas posteriores a su emisión, y este documento no da derecho para adquirir los combustibles domésticos.

En el primer mes los productos se adquieren en la bodega piloto, excepto los cárnicos, huevos y leche, que se adquieren en el establecimiento minorista vinculado; y a partir del segundo mes, todos los productos se compran en la unidad donde fue censado.

Para adquirir la libreta de abastecimiento excepcional, los consumidores que se encuentran en un lugar diferente al de su dirección oficial, o están aún en un trámite de legalización de su vivienda, deben presentarse en las oficinas del Registro de Consumidores con su carné de identidad.

Además, se requiere la dirección del lugar de origen, número de la oficina de base, bodega y núcleo donde está censado, consignado en la libreta de abastecimiento, nombre y apellidos de las personas que conforman el núcleo, consignados en su carné de identidad, dirección del lugar de residencia actual, y
el modelo M-6 de movimiento de consumidores Baja-Alta.

En el caso de la constitución del núcleo de las personas que nunca antes han sido censados o repatriados, deben aportar el nombre y apellidos del interesado, la declaración personal de su situación actual, el nombre y apellidos de las personas que conforman el núcleo, y la dirección del lugar de residencia actual.

(Tomado de ACN)

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