Nuevas regulaciones para la actividad y gestión de Cooperativas No Agropecuarias fueron publicadas este viernes por la Gaceta Oficial Ordinaria No. 63. Estas normas jurídicas persiguen, según declaraciones de Yovana Vega Matos, miembro de la Comisión permanente para la implementación y desarrollo de los Lineamientos, alcanzar un avance escalonado y coherente de esta forma de propiedad y entrarán en vigor a partir del próximo mes de noviembre, a través de la implementación de sus instrumentos: un Decreto-Ley, dos decretos y dos resoluciones.

Luego de una etapa de evaluación, en la que se identificaron indisciplinas, violaciones de las normativas, pero también aspectos positivos, fue posible arribar a las nuevas disposiciones, en una fase de consolidación para las 398 Cooperativas No Agropecuarias (CNA) existentes en el país; por tanto, precisó Vega Matos en esta fase no se autorizará a la creación de nuevas cooperativas pues el trabajo estará enfocado al perfeccionamiento de las existentes así como al fortalecimiento de mecanismos de seguimiento y control.

Como parte de las nuevas normativas a partir de noviembre, es obligatorio crear un fondo proveniente de las utilidades para el financiamiento de estas cooperativas y ante la detección de problemas o deficiencias en su gestión se le podrán suspender las operaciones de manera temporal por un plazo máximo de seis meses. En la gaceta se podrán encontrar precisiones para la extinción y disolución de las cooperativas,  en ella se explicitan los pasos a seguir, las responsabilidades y derechos de todos los involucrados.

En lo referente a los miembros de las CNA, se establece como principio fundamental la educación y formación de los mismos, cuya principal contribución será su trabajo personal. Por ello,  aparece la figura legal del “socio a prueba”: amparados en esta nueva categoría los miembros de la cooperativas podrán evaluar los conocimientos, aptitudes, capacidades y cualidades de un nuevo trabajador por un período de hasta nueve meses.

Esta nueva disposición también fija un rango para el crecimiento de los socios, a partir de la cantidad con que cuente cada CNA en el momento en que la legislación entre en vigor, es decir, en noviembre de este año. Aquellas que tengan menos de 10, podrán duplicar la cifra;  entre 11 y 50, podrán crecer hasta el 50 %; entre 51 y 100, hasta  el 20 %; y de 101 en adelante, hasta el 10 %. Esto no aplica únicamente para las cooperativas de construcción.

De igual manera, se establece como principio de retribución la existencia de un límite máximo de tres veces entre el socio que más ingresos percibe y el de menos, y se amplía de uno a tres años el término para negociar bonificaciones o exenciones del pago de arrendamiento de inmuebles, cuando la cooperativa asume su reparación.

También fueron establecidas regulaciones sobre la aplicación de impuesto sobre los ingresos personales de los trabajadores asalariados contratados. El mismo será deducido a partir del total de las remuneraciones obtenidas a partir de 2 500 pesos mensuales, mediante el sistema de retenciones.

En lo concerniente al alcance territorial de las cooperativas, Vega Matos precisó que se pretende, por otra parte, fortalecer aún más el vínculo entre estas estructuras no estatales y las comunidades donde se encuentran enclavados, a través de relaciones comerciales más estrechas.

Esto no quiere decir que no puedan comercializar sus productos o servicios en otras zonas del país; será posible a partir de la creación de sucursales, delegaciones o representantes. En ese sentido, las actividades de reparación y mantenimiento de máquinas para confecciones textiles, equipos tecnológicos, de pesaje, de climatización y refrigeración, boleras y carpintería de aluminio tendrán alcance nacional. 

En el caso de la construcción, mantiene el alcance territorial actual y se faculta al titular del sector para autorizar excepcionalmente operaciones fuera del territorio.

Las CNA continuarán determinando los precios de sus servicios o productos según la relación oferta-demanda, en todos aquellos casos que no sean regulados por la administración central del país y se esclarece que aun así, los Consejos de la Administración Provincial pudieran aprobar costos fijos o máximos, según las características de cada territorio, previa conciliación.

Siempre que no generen subsidios del Presupuesto del Estado, Vega Matos explicó que se flexibiliza en noviembre entrante, la venta por entidades estatales a las CNA de los excedentes de las producciones, los sobre cumplimientos del encargo estatal y las inejecuciones de las producciones planificadas, a los precios establecidos.

El proceso experimental de creación de cooperativas no agropecuarias comenzó en 2013 con el surgimiento de las primeras 126, y actualmente existen cerca de 400 con más de 17 000 socios y una representación en 10 sectores de la economía.


(Con informaciones de la ACN)