El Consejo de Ministros emitió el Decreto 45 "Sobre el desarrollo integral de la automatización en Cuba", el cual es aplicable a las personas naturales y jurídicas y tiene como objeto establecer el marco legal que ordene y garantice el derecho al acceso y participación en su desarrollo integral.

Todo ello establece la norma publicada hoy en la Gaceta Oficial de la República, en correspondencia con lo regulado en la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales, así como los tratados y otros instrumentos jurídicos internacionales en la materia de los que la mayor de las Antillas es parte signataria.

El documento reconoce que la automatización es fundamental para el aumento de la eficiencia, la calidad del producto final en la industria, el uso eficaz de los recursos primarios, la seguridad industrial y el incremento del nivel de vida de la población.

Además, añade, constituye una herramienta efectiva para elevar la soberanía tecnológica, contrarrestar las agresiones cibernéticas, salvaguardar los principios de seguridad de los servicios, así como defender los logros alcanzados por el Estado socialista.

Entre los objetivos del Decreto se encuentran el fortalecimiento del proceso de automatización en función de modernizar coherentemente todas las esferas de la sociedad, contribuir al desarrollo económico-social de manera segura y sostenible para el país, y la consolidación de su uso y desarrollo adecuado como instrumento para la defensa de la Revolución.

También apunta a la creación de las condiciones generales para incrementarsu empleo y aplicación en la Seguridad y Defensa Nacional, y el Orden Interior.

Busca incentivar y promover la integración de la investigación, desarrollo e innovación con la producción y comercialización de equipos, sistemas y servicios asociados al empleo creciente de la automatización; promover el desarrollo de productos y sistemas nacionales de automatización industrial; e implementar la gestión de las estadísticas, la normalización, la metrología y la certificación en esta rama. 

Asimismo define que la automatización es el conjunto de actividades que están interrelacionadas y pueden interactuar entre sí, donde se trasfieren tareas, realizadas habitualmente por operadores humanos, a un conjunto de elementos tecnológicos; incluye la robótica, la inteligencia artificial y otras disciplinas afines que impactan en todos los ámbitos de la sociedad.

El Ministerio de Industrias, como organismo rector, regula, dirige y controla las tareas a ejecutar, agrega el Decreto, a la vez que estipula la creación de la Comisión Nacional de Automática como órgano consultivo de
carácter técnico, científico y tecnológico para el estudio y evaluación de las estrategias relativas a la automatización y la ciberseguridad industrial en el país.

En la misma edición de la Gaceta se publicó, además, el Reglamento técnico para las inversiones e importaciones de sistemas con automatización, el cual es de cumplimiento por los inversionistas,
proyectistas, explotadores, importadores y suministradores para la adquisición de sistemas de este tipo, o de cualquier elemento, partes o piezas relacionados con los mismos, lo cual se complementa con las normas
técnicas adoptadas en el país.

(Tomado de ACN)

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