En la habitual reunión que realiza diariamente el Consejo de Defensa Provincial (CDP) de La Habana se decidió restablecer, como en ocasiones anteriores, la municipalización del Comercio en la ciudad, medida que entrará en vigor a partir de este miércoles 10 de febrero.
La decisión se tomó tras ser consultada con el Grupo Temporal Nacional de Enfrentamiento a la COVID-19, que encabeza el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.
La adopción de esta medida implica que las personas solo pueden hacer compras en las tiendas de su municipio de residencia, similar a la experiencia implementada en septiembre de 2020.
De acuerdo con Luis Carlos Góngora Domínguez, Jefe de Grupo Temporal en el CDP, esta disposición contribuirá a frenar la dispersión del SARS-CoV-2 por los territorios capitalinos y ya fue informada a los intendentes municipales, jefes de grupos de Lucha Contra Coleros (LCC), las direcciones de las cadenas de tiendas y demás organismos que intervienen en el comercio de productos de alta demanda.
La Habana desde el último rebrote de la enfermedad en enero se ha mantenido a la cabeza de la lista de provincias con mayores índices de contagios, por lo cual ha tenido que implantar medidas de restricción de movimiento de las personas como la limitación del número de pasajeros en el transporte y los horarios para el traslado, además de ampliar el trabajo a distancia.
A estas disposiciones se suma ahora la regulación para la compra de productos en el propio municipio de residencia, la cual entrará en vigor desde este miércoles, y para cuya aplicación se retomará la experiencia de otros momentos en los cuales las personas debían mostrar su carnet de identidad o un autorizo, en caso de convivir en una demarcación diferente a la del documento de identidad.
La medida se hará efectiva para los establecimientos comerciales de las cadenas de tiendas de CIMEX, Tiendas Caribe, TRIMAGEN y Caracol, los MAI y los Mercados Ideales. Las tiendas en MLC, los Mercados Agropecuarios y otros no mencionados en la presente, se exceptúan de esta regulación.
Según el documento dado a conocer por Góngora Domínguez, para aquellos casos excepcionales que viven en un municipio y su carnet de identidad no lo acredita como tal, los Consejo de Defensa Municipales (CDM) emitirán una Tarjeta de Uso temporal, la que se entregará por núcleo familiar, debiendo expresar la dirección del mismo. Los casos que requieran más de una tarjeta por núcleo serán evaluados puntualmente y los CDM estarán facultados para ello. El proceso de entrega se organizará a nivel de Consejo Popular.
Se reitera que se mantiene el horario de venta y servicio aprobado para esta etapa, de lunes a sábado de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. y los domingos de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Igualmente, se aplicará la experiencia de los puntos de ventas en los lugares donde la comercialización de estos productos está más desprotegida.
Para ello, se conformó una red de 154 puntos, que deben recibir productos al menos una vez en la semana para satisfacer la demanda de esas poblaciones donde la cobertura comercial no es la adecuada.
A su vez, se mantienen las medidas que han implementado los CDM para la atención a personas vulnerables, en sus municipios de residencia.
En aquellas tiendas y establecimientos que están ubicados en las calles que constituyen límites entre dos municipios, se autoriza que compren los residentes en ambos territorios colindantes. Como ejemplo se menciona las tiendas ubicadas en el tramo de la avenida Infanta que expresa el límite de Centro Habana y Plaza podrán comprar los residentes de ambos territorios.
Según explicó Góngora Domínguez deberá mantenese el uso de la aplicación COLA.CU para el control de las colas.
En el caso de los extranjeros con residencia permanente en el país podrán comprar en todos los municipios, así como otras categorías de personas cuyo documento de identidad oficial no contiene la dirección de residencia.
Las cadenas de tiendas de conjunto con el Grupo Temporal de Comercio del CDP trabajarán por lograr una distribución equitativa de los productos de primera necesidad, incluyendo los productos que cubren las necesidades de los niños y adultos mayores, en todos los territorios de la provincia y en especial en los municipios periféricos donde la red no tiene la cobertura deseada.
Los Grupos creados para la organización de la cola deben intensificar las acciones que aseguran el distanciamiento en ellas, el marcaje físico de la ubicación y distancia en las colas, el control en toda su extensión y el combate a todas las manifestaciones de ilegalidad que entorpecen o afectan el comercio de los productos de alta demanda.
La medida será válida hasta que el CDP lo determine.
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El problema está que las partes inferiores cumplan con estas medidas, porque se establecen las medidas de una forma eficiente pero no se llevan a cabo de igual manera.
Me remito a ustedes para plantearles una situación que se esta dando en el complejo de tiendas Trimagen y que específicamente me afecta directamente. Mi mamá es una señora de 68 años de edad, con una enfermedad crónica de hace 20 años llamada Colitis Ulcerativa Ideopática Rectosigmoide, presentando una incontinencia rectal y una intolerancia a la lactosa. Además de padecer de Gastritis crónica y Diabetes. A causa de su enfermedad debe llevar un tratamiento con medicamentos fuertes, acompañada de una dieta bastante rigurosa baja en grasas y fibras, así como tampoco puede comer chocolate ni puede tomar jugos de las frutas que podemos encontrar en el mercado, dígase: guayaba, plátano, piña, etc. Por tales características, y por ser el único lugar donde puedo obtener el yogurt siendo esto lo único que puede tomar, recurro a la tienda Trimagen ubicada en Ayestarán. En dicha institución, el compañero Jorge, abogado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del municipio Cerro, me comunica que debo recurrir a dicha institución de mi municipio para solicitar un documento además de los ya presentados que me avale por el trabajador social dicha vulnerabilidad de mi mamá. Luego de recurrir al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del municipio Centro Habana, me comunican que ellos no emiten ninguna caracterización de vulnerabilidad, que ellos analizan el caso y es archivado en su entidad sin emitir ningún certifico, y me remiten a la Dirección de Defensa Municipal para que se me haga un análisis del tema y me emitan un documento. En dicha institución se me analiza la vulnerabilidad del caso, presentando el historial médico de mi mamá y los documentos emitidos por el especialista y se me formula un escrito para que se me permita la compra del yogurt. Al presentarlo al compañero encargado no me permite la compra en esa entidad y se desentiende de la situación planteada, añadiendo que con la municipalización no tengo permitido comprar en dicha entidad (siendo la única que tiene acceso a este producto) y además planteando que dicho documento cuñado y firmado por dicho organismo del gobierno no le es suficiente para dejarme comprar. El mismo se portó con una actitud intransigente y arrogante, impidiendo prácticamente la comunicación y entendimiento. Añadiéndome, que esa situación no es su problema que no puedo comprar y es su última palabra. Su atención no es la más acorde de una persona que se encuentra al frente de la población, con falta de humanidad y sensibilidad en sus actos. La situación no es producto de un gusto sino de una necesidad y eso debe ser comprendido y evaluado. Además, que se dijo que se iba a exceptuar los casos vulnerables acreditados por el Consejo de Defensa, pero algunos toman las medidas por sus manos y la estiman según su conveniencia. Yo percibo la necesidad de la municipalización del comercio y frenar la dispersión del COVID y estoy de acuerdo con ello pero a su vez considero que existe la necesidad de entender y analizar casos específicos como es el caso de las personas intolerantes a los lácteos para que se permita la compra en establecimiento único que cuenta con la distribución de este determinado producto, siendo una persona mayor de edad y enferma que toma muchos medicamentos diarios productos a su condición, siendo estos orientados por sus especialistas: Mezalasina 6 pastillas diarias, 1 Enalapril, 3 Metformina, 1 Prednisona, Ácido Fólico, 1 Sentralina y 2 Clonazepam. ¿Quisiera que se me diera una respuesta sobre a dónde más debo recurrir? ¿Qué alternativas se me da para poder adquirir dicho producto? En espera de su respuesta.. Saludos.
Pedro Cabrera, el caso es que no todos los que tenemos la dirección en un lugar y residimos en otro somos ilegales .Yo por ejemplo tengo mi dirección en Alamar porque mi casa esta allá pero resido con mi marido en Playa hace muchos años. No puedo trasladarme definitivamente para acá porque mi casa es aquella.. O sea que no soy ilegal ...
Al parecer mi comentario no pasó por el filtro a pesar de cumplir con los parámetros que se establecen para la publicación y solo contener una inquietud que realmente necesito me sea aclarada... Saludos...
Considero buena la medida,si realmente se cumpliera, yo por ejemplo vivo sola con mi esposo ambos mayores de 70 años, sin ninguna tienda cerca pero cuando a pesar de ello y por necesidad voy a alguna de ellas,don las inmensas colas algunas desde el dia anterior a pesar del toque de queda,delante de la tienda no hay problema, una compañera del gobierno que recoge los carne, ella va a la cola que esta a mas fe mefia cuadra de la entrada de la tienda y después de escaneados estos va y llama a las personas, la entradas de la tienda esta cuidada por otra compañera vestida de verde no se a qué pertenece no hay prioridad a las personas mayores y policia jamás se vera uno En el primer momentos de acercaron las tiendad habia prioridad a los mayores la policía actuaba ahoro que la cosa está peor no hay nada Yo vivo en 10 fe octubre consejo tamarindo ,la tienda a la que me refiero es almacenes toyo y el contenedor de coco(éste no tiene solo la de gobierno),y mucho mas lejos la estrella. Realmentr las personas mayores estamos muy desprotegidas Ojala lran esto y puedan tomar alguna medida gracias