Varias han sido las preguntas y dudas de los clientes de la telefonía fija tras anunciarse la puesta en vigor de la Resolución No. 176 del Ministerio de Comunicaciones, el próximo 8 de enero, la cual dispone que todos los clientes deberán renovar sus contratos de servicio de telefonía fija, incluyendo la alternativa de 400 minutos.
Al respecto, Adalis Montiel Creach, directora adjunta de la División de Servicios Básicos Fijos de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (Etecsa), puntualizó a la prensa que quienes hayan suscrito el contrato antes del 8 de enero mantendrán su derecho a solicitar la continuidad del servicio en un nuevo domicilio, mientras no cedan la propiedad. Posterior a esa fecha, el contrato del servicio telefónico se vinculará a la vivienda donde está instalado, quedando eliminada la posibilidad de solicitar su traslado. Las personas podrán obtener la titularidad siempre y cuando en su documento de identidad personal aparezca la dirección legal de la vivienda donde se encuentra instalado el teléfono.
Explicó Montiel Creach que con la nueva resolución se mantiene la trasmisión de titularidad por fallecimiento o abandono del país; la cual se asignará a quien la ley le otorgue el mejor derecho a la vivienda o para la persona con dirección legal en el inmueble donde se encuentra instalado el teléfono. Cuando los propietarios permutan y en ambas viviendas existe instalado el servicio de telefonía fija, se puede realizar cesión de titularidad entre clientes, siempre que los titulares se mantengan residiendo en las viviendas y estén de acuerdo.
La Directora Adjunta aclaró que “si una vivienda tiene dos números de teléfonos fijos instalados y ambos titulares cambian de dirección, solo se queda un servicio, es decir una línea”. Cuando existe un propietario y un copropietario del inmueble, la empresa concede un período de 120 días para que ambas partes se pongan de acuerdo en la titularidad. Si no existe arreglo entre las partes, una vez vencido este tiempo el servicio telefónico causa baja.
“Las personas tendrán derecho a la titularidad del servicio telefónico, incluso sin tener la dirección legal de esa vivienda, pero al firmar contrato como nuevo cliente después del 8 de enero de 2020, lo hará bajo la nueva resolución y por tanto no tendrá la posibilidad de trasladar el servicio.
“Aquellas personas a quienes fueron asignados teléfonos viviendo en comunidades de tránsito (albergues), recibirán otro una vez que le den su vivienda oficial y definitiva. Estos clientes están respaldados por la Resolución 82/2012, motivo por el cual se le tramita el traslado a la nueva vivienda y el teléfono que está instalado en el albergue causa baja”, declaró Montiel Creach.
Etecsa trabaja para restablecer los 17 000 traslados de telefonía fija aún pendientes por falta de disponibilidad técnica con algunas soluciones. Para obtener detalles del proceso los titulares pueden acudir a las Oficinas Comerciales o llamar al 118.

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No me han respondido con relación a mi pregunta. Es obligatorio firmar un nuevo contrato cuando el que firme sólo hace algunos años está vigente pues el número es el mismo, la dirección igual así como el titular. Tengo que faltar un día al trabajo para hacer la interminable cola para firmar un nuevo contrato en La Copa o van a preparar condiciones para esta decisión de firmar un nuevo contrato sólo tiene un mes para ser llevad a cabo. Por favor respóndanme.