Los pasajeros del ómnibus de la ruta P6, que circulaba desde el Reparto Eléctrico hacia el Vedado, el 22 de septiembre, en horas de la tarde, sobre la calle Santa Beatriz, cerca del Café Colón, municipio de Arroyo Naranjo, no imaginaban cómo serían los minutos siguientes al momento en que una pareja reclamó el asiento destinado a los niños; pero –ante la sorpresa colectiva le fue negado  por sus ocupantes: dos jóvenes quienes bajo el efecto de bebidas alcohólicas, recibieron el apoyo de un tercero: un ciudadano de 40 años, en visible estado de embriaguez, que agredió en forma violenta al padre reclamante de los derechos de su hijo, en brazos.

De inmediato el chofer detuvo el vehículo, abrió las puertas y los dos jóvenes en cuestión lanzaron piedras al ómnibus, creando mayores tensiones en la trifulca generada por su incorrecta actitud social; interrumpieron el servicio de un medio de transporte de pasajeros y, en consecuencia, causaron el malestar general entre quienes debían llegar a sus respectivos destinos.

Las licenciadas Maira Turiño Martínez y Yaniela Beatriz Rodríguez García, presidenta y jueza de la sección penal del tribunal municipal de Arroyo Naranjo, respectivamente, ofrecieron declaraciones a Tribuna de La Habana, acerca de las sanciones aplicadas a los tres ciudadanos que provocaron la riña durante la cual el agresor de mayor edad, dañó el cristal superior de la puerta del medio con daños considerables, según la evaluación ofrecida por la dirección de la terminal de El Calvario.

La jueza de la sección penal, expuso que se aplicó la sanción de 6 meses de privación de libertad a los jóvenes involucrados (el de 17 años, con dos advertencias anteriores por alteraciones del orden en la vía pública, en distintos municipios de la capital) y al de 16 años(procesado de sajo, por amenazas y lesiones, anteriores) en correspondencia con la gravedad de la situación creada al comprobarse en el registro operativo de ambos, advertencias oficiales como las de no portar identificación, desordenes y alteraciones en la vía pública.

En el caso del ciudadano de 40 años de edad, se aplicó una sanción conjunta de un año de trabajo correccional, sin internamiento, por desórdenes públicos y daños (a la propiedad estatal).

“Nosotros partimos de deben ser reeducativas que respondan a nuestro sistema constitucional. Enfrentamos algo que comenzó como una indisciplina social y derivó en un hecho delictivo. Aclaramos que no tiene que ver con el chofer, perjudicaron a muchas personas, un ómnibus salió de circulación en medio de la situación energética. “Aclaramos que estos jóvenes ciudadanos provienen de familias disfuncionales, en ambos casos no residen en nuestra provincia (Mayabeque y Holguín). Se trata de un proceso sumario porque las sanciones establecen un marco de 3 meses a un año”, enfatizó la presidenta del tribunal de Arroyo Naranjo.

EL DETALLE QUE NO PERMANECIÓ IMPUNE

Cada vez resultan más precisas las medidas adoptadas contra las violaciones de precios denunciadas por la población y se proscribe la peligrosa tendencia de confundir la palabra “luchar” por otra de acepción negativa. Así lo confirmó a Tribuna de La Habana Orestes Llanes, vicepresidente del Consejo de la Administración Provincial al frente del grupo de Fiscalización y Control, al dar a conocer el resultado de la supervisión integral realizada al Centro Comercial Detalles, subordinado a Tiendas Caribe, del hotel Panorama (1ra. y 70) en el municipio de Playa, el pasado 2 de octubre.

En este lugar se detectó que no contaban con moneda fraccionada para el vuelto, violaciones en los precios: alteraciones que posibilitaban multar con incrementos desde cerca de 1 hasta 9.20 CUC. Ejemplos: pelotas de 0.85, a 1.75; ajustador de 6.25 a 9.00 CUC; Tenis Superga, de 38.95, a 46.90 CUC; monedero de 6.80 a 16.00 CUC; el perfume Imperial, de 10.10 a 17.50 CUC) y colocación de artículos no visibles al público: Tenis deportivos y chancletas Adidas; el Neo Crema y Bloqueador de sol; comercialización de productos vencidos (galleta bono de 0.75 CUC), mercancías separadas del área de venta para ser adquiridas por los propios trabajadores (confituras, bebidas alcohólicas, colonias y cremas).

“Los dependientes involucrados recibieron multas de acuerdo con los decretos violados en la comercialización de los productos”, afirmó Llanes.