Teniendo en cuenta la necesidad de un ordenamiento de los trámites jurídicos para la legalización de las viviendas entran en vigor nuevos acuerdos que serán regidos por la Dirección Provincial de Planificación Física, y de la Vivienda.
De esta forma los ciudadanos podrán realizar trámites de legalización de sus viviendas en correspondencia con las regulaciones que permitirán establecer el ordenamiento de este proceso regido por los: Acuerdo: No. 8574 de 12 de marzo de 2019, acerca del Reglamento sobre Ordenamiento y Legalización de Viviendas, Cuartos, Habitaciones, Accesorias y Locales, y el Acuerdo No. 8575 de 12 de marzo de 2019, en correspondencia con el Cambio de Uso y Traspaso de Locales, ambos adoptados en el Consejo de Ministros de la República de Cuba.
Estas regulaciones posibilitarán realizar un adecuado ordenamiento legal de las viviendas, flexibilizar la transferencia de la propiedad de los ocupantes de viviendas estatales declaradas arrendatarias y usufructuarias, así como la legalización de las viviendas terminadas o en ejecución por el Estado o los ciudadanos.
Las normas que implementan la Política de Ordenamiento y Legalización, están fijadas en la Resolución V-75/19 del Ministerio de la Construcción (Micons), y Resolución la No.70/19, del Ministerio de Justicia (Minjus).
Las reglas para la aplicación de estas normas jurídicas tienen en cuenta la necesidad de regular el proceso de ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales sin un status legal, o sin observar las formalidades en la construcción siempre que cumplan con las regulaciones territoriales y urbanísticas con el fin de transferirlas al concepto de propiedad a las personas naturales que ocupen estas.
El ámbito de aplicación a personas naturales que ocupen los inmuebles que se encuentren regulados en el artículo anterior, al momento de la entrada en vigor de la norma jurídica.
El término de estos trámites concluirá en el plazo de seis años para la legalización de estos inmuebles, a partir de la entrada en vigor de la norma jurídica. Las personas naturales que no acudan a las autoridades competentes, en el período referido, se les aplicará la norma vigente para las construcciones ilegales y no se les reconocerá la propiedad de la vivienda.
Teniendo en cuenta los acuerdos citados se autoriza la transferencia de propiedad de la vivienda a los arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal; usufructuarios y ocupantes de cuartos, habitaciones o accesorias convertidas en viviendas adecuadas o que puedan serlo; viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las formalidades legales.
Para lograr estas propiedades, se tendrá en cuenta el requisito de Cumplimiento de las regulaciones territoriales y urbanísticas y normas de construcción, por lo tanto, NO SE LEGALIZA TODO.
Las nuevas normativas tienen en cuenta territorios especiales donde estará prohibida la permanencia de asentamientos ilegales como las áreas próximas a las cuencas acuíferas de Vento y Sur, que garantizan el suministro de agua a la capital, así como las zonas de interés de la agricultura y el municipio de La Habana Vieja, donde los trámites de los ciudadanos deben tener en cuenta las regulaciones de la Oficina del Historiador de la Ciudad de La Habana y la Dirección Provincial de Planificación Física.
En próximas ediciones ofreceremos más información con relación a estos acuerdos.
¿Cuántos quinquenios de plazo hay para legalizar las viviendas otorgadas en La Habana a médicos que cumplieron misión en Venezuela y viven en esas casas desde hace más o menos 10 años?
En el penultimo parrafo donde dice NO SE LEGALIZA TODO; tenemos que aclarar que conlleva esto, por ejemplo, a las familias que viven en casas o cuarto que no se legalizen sino se toman medidas con ellos de albergarlos, los llegA Y PON VAN A SEGUIR, van a seguir en las mismas, le daran libreta para la comida, le pondran un reloj para cobrarle la luz y un reloj para cobrarle el agua, pero no estan legalizadas, no entiendo esto, pero bueno asi somos, somos tan humanos deshumanizando a las personas pensando que les estamos haciendo un bien a ellos y a la sociedad, pero despues con los años son las lamentaciones, lo digo por experiencia y lo que hoy es un resuelvo mañana es un problema.
Bueno ayer me informaron en Planificacion Fisica de Boyeros que los Tecnicos de ellos a partir de este lunes comenzaban a trabajar en la Vivienda municipal de Boyeròs a trabajar con este nuevo tema de legalizacion de las casas . ojala que alla transparencia.en esta linea de trabajo y los tramites no los engaveten para desesperar a la poblacion en ven dentro de 15 dias . despues 15 dias mas despues esta para la firma . despies el director no lo ha firmado . despues hay que hacer un anexo por tal cosa y asi el nunca acabar . ahora si dices toma este regalito (CUC) enseguida sales con tu tramite legalizado. hay tener mucho cuidado con el TERMINO DE TIEMPO para este ejercicio.. ojala ud. tribuna le de curso y publiquen mi comentario o le den conocimiento al respecto a los que tienen que fiscalizar y chequear este tema. Juan Amable Llorente Villavicencio. calle 208 #27313 / 277 y Palmar. Reparto Panamerica . Boyeros. La Habana. telef 76456382 - 52909860. Gracias.
Yo lo que quiero saber es referido a la libreta de abastecimiento de los que estamos en construcción. En mi caso llevamos añooooos construyendo y no hemos podido terminar por eso no tenemos libreta. Tengo que seguir así hasta que termine la vivienda?. Por qué? Acaso mis hijos no tienen derecho a sus alimentos, la leche, etc. No pude obtener la dieta de mi niña por desnutrición porque no tenía libreta. Qué puedo hacer?.
En q parte del acuerdo se plantea q los arrendatarios permanentes de viviendas,q ya pagaron el precio de la misma,TIENEN Q PAGAR OTRA VEZ LA VIVIENDA?? ESTO ESTÁ OCURRIENDO EN MAYRBEQUE Y NECESITO CONFIRMAR GRACIAS