Yraida Díaz Labrada, delegada de la circunscripción 28 del consejo popular Ampliación de Almendares en el municipio de Playa y vecina de calle 62 No. 1512, e/ 15 y 17 de ese territorio, escribe a la Redacción para explicar: “Desde los primeros días del mes de abril, la Asamblea Municipal de mi territorio, previa carta de liberación, solicitó mi presencia en el puesto de dirección activado por el Consejo de Defensa (municipal), en el Policlínico Docente 26 de Julio, presentándola en mi centro laboral.
“Mi trabajo consistió, entre otras tareas, en recepcionar en un libro de incidencias habilitado, para ese fin, todas las quejas, planteamientos, sugerencias y denuncias formuladas por la población, dando respuesta casi inmediata por la preparación que tenía, y las que no, las remitía a los órganos competentes, siempre interesándome por saber en qué proceso estaban, trabajando unida siempre a la jefa del consejo popular, al jefe del Consejo de Defensa, a la representante de la CTC, a la funcionaria de los CDR, a los trabajadores sociales, entre otros, que a su vez tenían tareas específicas.
“Pero el viernes 29 de mayo me llaman del departamento de Recursos Humanos diciéndome que, en el mes de abril, por un error, me pagaron el pago por resultado que no correspondía, y que debía reintegrarlo o solicitar que lo descontaran por nómina.
“Me fui por la segunda variante, me sorprendió porque tenía entendido que cuando algún trabajador lo movilizan para enfrentar cualquier tarea, no pierde ningún derecho a las remuneraciones, o sea, que es como si estuviera trabajando, y hablando en buen cubano, le toca todo.
“Por lo anterior explicado, el lunes 1ro. de junio me incorporé a mi puesto de trabajo. (…) Estoy molesta y confusa, porque me lo explicaron, pero no lo entiendo”.
se supone que al que movilizan le pagan por el salari promedio, cuando decimos promedio incluye como es logico entre otros componentes del salario, el promedio de la estimulacion recibida en un año, por tanto en el pago ya estaba incluida la estimulacion promedio y pagarla de nuevo seria un pago indebido
También tenía entendido que si te movilizan nada cambiaba en tu pago, si ahora le buscaron otra explicación, no lo sabía!! O le dijeron que el salario si, pero el pago por resultados no? Para que me movilizan si me van a afectar??
Cuando un trabajador sale de misión, capacitación y/o movilización se le paga salario devengado promedio donde se promedia el salario más lo pagado como pago por resultado de un año por lo tanto no se debe de pagar otra vez el pago por resultado ya que esta en ese promedio, por lo tanto lo que corresponde es el promedio de un año en general.