Isairis Daza Chapell, Especialista en Gestión Económica de la UEB TranSoft, ubicada en la Ave. Independencia (Boyeros) No. 709 entre Tulipán y La Rosa, municipio de Plaza de la Revolución, escribe plantando que:
“En el mes de septiembre del año 2016 fui víctima de robo con fuerza en mi residencia, sita en Calle 96ª No. 314 e/ 3ra A y 3ra B apto. 1, municipio de Playa. Pasado 11 meses, (…) fue realizado el juicio de la causa No. 163-2017 en la sala tercera de lo penal del Tribunal Provincial Popular, notificándoseme posteriormente por esta institución, en fecha 20 de febrero de 2018, que por sentencia No. 400-17 dictada por la misma en la causa antes mencionada, firme desde el 28-12-2017, se dispuso en concepto de responsabilidad civil la indemnización en la suma de 32 865 CUP.
“Me personé en la Caja de Resarcimientos del Ministerio de Justicia en fecha 26 de marzo de 2018 con el objetivo de reclamar el pago de dicha indemnización y se me fue entregada una notificación en la que consta que el número de expediente es el 1291886, mis datos personales, número de causa, así como el valor real a ser cobrado con el respectivo descuento del 20%, dispuesto en una ley con más de 50 años de vigencia. Como nota aclaratoria se agregaba: Llamar después de 60 días para saber si entró su sentencia. Al dorso se planteaba: Recibir información en el mes de Octubre (7 meses después).
El día 12 de octubre llamé como se me planteó al dorso de la notificación y resulta que los encausados sólo uno ha abonado una mínima cuota de su responsabilidad civil, el resto no laboran en el penal, entonces ¿cómo cobrarles?
“La Caja de Resarcimientos es la entidad de asistir económicamente a las víctimas de delito, dependiendo de manera exclusiva de los ingresos obtenidos a partir de su gestión, algo difícil sin una legislación efectiva que la respalde, por lo que el pago a tiempo a las víctimas de un delito no está resuelto. Por otra parte me pregunto, ¿qué papel juegan los jueces de Ejecución de Sentencias en la exigencia del abono de la responsabilidad civil a sancionados?
“¿Podremos las víctimas de un delito cobrar nuestra indemnización en un tiempo relativamente corto? ¿Se eliminarán las dificultades objetivas que lastran ese propósito? No entiendo además el descuento del 20 por ciento del monto a recibir, (…) creo que sea el victimario quien deba correr con ese gasto.
(…) Espero que la Caja de Resarcimiento realice acciones como la antes mencionada, aunque sabemos que este sólo es el principio de un largo camino, lleno aun de problemas e insatisfacciones”.