Los días corren veloces; sin embargo, el tiempo parece detenido, sobre el nivel de meseta, en el reporte diario que destaca las cifras de contagiados por la COVID-19, en La Habana. De ahí que las medidas que estarán vigentes a partir del martes 1ro. de septiembre forman parte de los comentarios de nuestros lectores.

Esta vez la información publicada en la edición dominical impresa del 30 de agosto (la que circula con 91 000 ejemplares) lleva un error que –a pesar de la premura para corregirlo antes de su tirada lleva consigo este desliz que pudiera traer confusiones para quienes se han mantenido al tanto de la información oficial de lo acontecido sobre la lucha, en La Habana, contra la COVID-19, a través de este diario. La medida debió decir solamente: Restringir significativamente el movimiento de automóviles y motos en la capital.

La aclaración es una muestra de nuestro compromiso con la verdad. Es exactamente lo que hacemos al ofrecer las necesarias disculpas y continuar un trabajo que exige más por la instantaneidad de las nuevas formas de comunicación e impresión del periódico para llevar la información con la claridad y prontitud necesaria.

MODELO DE ACTUACIÓN PARA LAS FUERZAS QUE TRABAJAN EN LOS PUNTOS DE CONTROL A PARTIR DEL 1ro. DE SEPTIEMBRE DEL 2020. (Tomado del Portal del ciudadano de La Habana)

Con el objetivo de incrementar las medidas de enfrentamiento a la COVID-19 en correspondencia con el retroceso de La Habana a la fase de transmisión autóctona limitada, el Consejo de Defensa Provincial regula a partir del 1ro. de septiembre del 2020, la entrada y salida desde La Habana y hacia otros territorios del país en los 12 puntos de control ubicados en vías de acceso colindantes con las provincias de Artemisa y Mayabeque.

Se define como Causas Excepcionales para la salida de provincias en medios particulares o matrícula con letra P o R (Fallecimiento de familiares, retorno a su Provincia o Casos Graves Hospitalizados) y en medios estatales, los debidamente autorizados.

Foto: Otoniel Márquez

En cada punto, durante las 24 horas del día, permanecen especialistas de Salud Pública, Inspectores Estatales del Transporte y fuerzas de la Policía Nacional Revolucionaria con el siguiente MODELO DE ACTUACIÓN.

MEDIDAS GENERALES

  1. Los agentes de la PNR, detienen todos los vehículos que transitan en ambas direcciones, identifican al conductor, solicitándole el carné de identidad y la licencia de conducción y realizan las acciones operativas o el actuar permanente.
  2. A todos los pasajeros que transitan en cualquier vehículo, se le realiza la pesquisa sanitaria para continuar viaje. En caso de detectarse algún viajero con síntomas sospechosos, deberán ser retenidos y entregados al personal de la Cruz Roja establecido en los puntos. Los funcionarios de Salud Pública deben cumplir con las medidas de protección individual aprobadas en el protocolo.
  3. Es obligatorio el uso del nasobuco de todos los que se trasladan en los vehículos.
  4. Para salir de la provincia por Causas Excepcionales, requieren del Permiso Temporal (Tarjeta con identificativos de color azul que específica fecha de salida y el medio que utilizan para el traslado) que se emite por la Dirección General de Transporte de La Habana (DGTPH), además están obligados a portar los resultados del test rápido.
  5. En los casos de los vehículos que entran a hacer estancia en La Habana procedentes de otras provincias, deben presentar la carta de autorizo del Consejo de Defensa de la provincia de origen o se identifican con reservaciones concluidas o su acreditación con el carnet de identidad como residente de La Habana.
  6. Los vehículos en tránsito desde la provincia de Pinar del Río o hacia esta, deberán utilizar las siguientes vías, Autopista Pinar, Calle 114, la CUJAE, Circunvalación, Calle 100, Primer Anillo, Autopista Nacional o Vía Blanca en caso de destino a Matanzas. Se informará a los conductores que en caso que se detecte realizando paradas dentro de la Ciudad se procederá al retiro de la matrícula, circulación y la multa correspondiente.
  7. Las transportaciones masivas aprobadas por el Consejo de Defensa Provincial no requieren del Permiso Temporal, pero los pasajeros están obligados a portar los test rápido. Estas transportaciones se realizan con la Empresa Ómnibus Nacionales.
  8. Las transportaciones en vehículos de carga no requieren de autorización de entrada o salida (poseer los documentos para esta actividad), con la prohibición de no transportar pasajeros, en caso de los estibadores se limita a un máximo de 5 y deben portar el Vía Libre de color azul que posee actualmente.
  9. En el caso de la transportación de carga el vehículo privado solo puede circular con las condiciones siguientes:
  • En el caso de los que residen en La Habana, debe portar el vehículo la pegatina roja con indicativo COVID-19, y los de otras provincias la autorización de los Consejos de Defensa Provinciales. Poseer por el conductor la Licencia de Operación de Transporte y los ayudantes o estibadores cada uno con el Comprobante de la Licencia, con la documentación que ampara la mercancía mediante Carta de Porte o Factura o Conduce u Orden de Carga, donde refleja el destino de la carga y otras condiciones.
  1. Es obligatorio el uso de Autorizo de Vía Libre Permanente (Pegatina de color verde) o Limitado (Tarjeta de cartón de color rojo), a los vehículos pertenecientes a entidades que radican en La Habana y se identifican con matrícula que inician con la letra B. Se exceptúan.
  •  Los vehículos de transportación de pasajeros, en función de la producción o los servicios (Transporte Escolar, Cuba Taxis, Taxis Cuba, Transmetro, Cooperativa, EPTH y ASTRO), que poseen pegatinas o elementos identificativos en función de la COVID-19.
  1. Los medios especializados (ambulancias, carros fúnebres, grúas y carros tecnológicos) no requieren autorizo, ni portan el cartel de Vía Libre. Se regulan por los sistemas propios aprobados para estos medios.
  2. Se mantiene bajo el protocolo aprobados, los movimientos de los vehículos con matrícula que inician con las letras F, M, D, E, C, K y T.
  3. Se prohíbe que circule personal de pie en los vehículos de transportación masiva.
  4. Los vehículos que poseen permisos temporales a su retorno se le retiran los mismos.
  5. Los medios de transporte de la Zona de Desarrollo Mariel portarán Cartel de Vía Libre con indicativos de color rojo que actualmente poseen y además el Vía Libre Permanente o el Limitado según sea el caso, aprobado por el Consejo de Defensa Provincial de La Habana.